STSJ Galicia 15/2005, 22 de Abril de 2005

PonentePABLO ANGEL SANDE GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2005:819
Número de Recurso40/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución15/2005
Fecha de Resolución22 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Civil y Penal

D. JUAN JOSE REIGOSA GONZALEZD. PABLO SAAVEDRA RODRIGUEZD. PABLO ANGEL SANDE GARCIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA

A Coruña, veintidós de abril de dos mil cinco, la Sala de lo Civil del Tribunal Superior de Justicia de

Galicia, constituida por los Ilmos. Sres. magistrados don Juan José Reigosa González, don Pablo Saavedra Rodríguez y don Pablo A. Sande García, dictó

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A NÚMERO 15

En el recurso de casación 40/2004 interpuesto por don Jose Antonio, representado por

la procuradora doña Nuria Román Masedo y asistido por el letrado don Miguel Vázquez González, y en el que es parte recurrida la sociedad deportiva de Cazadores de Terra Cha y la entidad aseguradora Axa Aurora Ibérica Seguros S.A., representada por el procurador don Marcial Puga Gómez y asistida por el letrado don Julio Ballesteros Fernández, contra la sentencia dictada en grado de apelación por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo con fecha de catorce de julio de dos mil cuatro (rollo de apelación número 267 de 2004), como consecuencia de los autos del juicio ordinario número 139 de 2003, tramitado en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mondoñedo, sobre indemnización por daños ocasionados por lobos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

1. El procurador don Pablo Díaz Lamparte, en nombre y representación de don Jose Antonio, mediante escrito dirigido al Juzgado de Primera Instancia de Mondoñedo, formuló, el 24 de julio de 2003, demanda de juicio ordinario contra la sociedad cazadores deportistas Terra Cha y Axa, Gestión de Seguros y Reaseguros, S.A.

En dicha demanda, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho habidos por convenientes, termina solicitando que se dicte sentencia por la que se condene a la Sociedad Cazadores Deportistas Terra Cha, titular del Tecor LU-10037 y la entidad Axa, Gestión de Seguros y Reaseguros, S.A., solidariamente, a indemnizar a don Jose Antonio con la cantidad de 2.944,97 euros, y asimismo se condene a la Entidad Axa, Gestión de Seguros y Reaseguros, S.A., a abonar al demandante los intereses establecidos en el art. 20 de la Ley del Contrato de Seguro, imponiendo, expresamente, las costas a los demandados.

  1. Admitida la demanda (el 10 de septiembre de 2003), y emplazados los demandados, el procurador don Manuel Cabado Iglesias, compareció en los autos (el 23 de noviembre) en nombre y representación de la sociedad de cazadores de deportistas Terra Cha así como de la entidad aseguradora Axa Aurora Ibérica Seguros, S.A. y la contestó estableciendo los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes para acabar solicitando que se dicte sentencia por la que bien estimando las excepciones planteadas por dicha parte, bien entrando a conocer del fondo del asunto, se desestimen las pretensiones de la parte actora con expresa imposición de costas a ésta.

  2. Las partes fueron convocadas para asistir a la audiencia previa establecida en el artículo 414 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y, celebrada ésta, el 16 de enero de 2004, aquéllas ratificaron sus escritos rectores y propusieron prueba. El siguiente 26 de marzo se celebró el juicio y se declaró visto para sentencia.

  3. La señora Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Mondoñedo dictó sentencia con fecha de doce de abril de dos mil cuatro, cuyo fallo es como sigue:

Se estima íntegramente la demanda presentada por el Procurador Sr. Díaz Lamparte, en representación de don Jose Antonio, contra Sociedad de cazadores deportistas Terra Cha Tecor nº LU-10.037, representado por su Presidente don Jesus Miguel; y la aseguradora AXA, con los siguientes pronunciamientos:

-Se condena a los demandados solidariamente a abonar al actor la suma de 2.944,97 euros.

-Se condena a la aseguradora AXA a abonar al actor los intereses del art. 20 LCS desde el día 8- 10-2002 hasta el pago.

-Se condena a los demandados al pago de las costas.

SEGUNDO

La representación de los demandados interpuso recurso de apelación y una vez tramitada la alzada, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo dictó sentencia con fecha de catorce de julio de dos mil cuatro, que en su parte dispositiva dice:

Que debemos revocar y revocamos la sentencia dictada en estas actuaciones por el Jugado de Primera Instancia número Uno de Mondoñedo, en el sentido de que debemos absolver y absolvemos libremente a los aquí demandados, Sociedad de Cazadores Deportistas Terra Cha, titular del Tecor LU-10037, y a la entidad aseguradora Axa, Gestión de Seguros y Reaseguros S.A., de los pedimentos de la demanda interpuesta contra la misma; asimismo, no se hace expresa imposición de las costas de esta alzada.

TERCERO

1. La representación del demandante presentó escrito el 22 de julio de 2004 en el que manifestaba su propósito de interponer recurso de casación en esta Sala contra la sentencia dictada el anterior día 14 por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo. Esta, por providencia de fecha del siguiente día 26, tuvo por preparado el recurso de casación y concedió a la parte recurrente el plazo de veinte días hábiles para su interposición.

  1. El procurador don Ricardo López Mosquera, en nombre y representación de don Jose Antonio, mediante escrito presentado en dicha Sección el 15 de septiembre, interpuso recurso de casación contra la indicada sentencia de 14 de julio. Por providencia del inmediato día 16, la Audiencia tuvo por interpuesto el recurso de casación y acordó remitir los autos a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, lo que se notificó a las partes.

CUARTO

Recibidos los autos en este Tribunal y personadas ante el mismo las partes, así como una vez pasadas las actuaciones al Magistrado Ponente, la Sala dictó auto con fecha de 30 de noviembre de 2004 por el que acordó admitir a trámite por todos sus motivos el recurso de casación. Notificado éste a la parte recurrida, la sociedad deportiva de cazadores de Terra Cha y la entidad aseguradora Axa Aurora Ibérica Seguros S.A., el procurador don Marcial Puga Gómez formalizó escrito de impugnación del recurso el 5 de enero de 2005.

La Sala, por providencia de 1 de febrero, señaló día, el pasado 23 de marzo, para la votación y fallo del recurso.

Es Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo A. Sande García.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1. A pesar de no ser coincidentes las decisiones adoptadas por el Juzgado y la Audiencia respecto de la resolución del pleito que ahora llega a casación, resultan indiscutidos e indiscutibles los siguientes hechos contenidos en la sentencia de primera instancia, los cuales, no contradichos en la dictada por el órgano de apelación, muestran el perfil fáctico del...

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