STSJ Canarias , 31 de Mayo de 2005

PonenteJUAN IGNACIO MORENO-LUQUE CASARIEGO
ECLIES:TSJICAN:2005:2239
Número de Recurso395/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 150

En Santa Cruz de Tenerife , a 31 de mayo de 2005 .

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias con sede en Santa Cruz de Tenerife, constituída por los Iltmos. Sres. Magistrados Presidente, Don Pedro Hernández Cordobés, Don Helmuth Moya Meyer y Don Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.

Visto por esta TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO. Sección Segunda. con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres.

Magistrados, el recurso Contencioso-Administrativo número 0000395/2004 , interpuesto por Inocencio , representado el Procurador de los Tribunales D./Dña. Maria De La Paloma Aguirre Lopez , contra Ayuntamiento De Granadilla De Abona , habiendo comparecido, en su representación y defensa D./Dña.

Maria Eugenia Beltran Gutierrez , versando sobre el objeto del presente recurso es la impugnación de la resolución de fecha 14 de enero de 2002 dictada por la Comisión de gobierno del ayuntamiento de Granadilla de Abona por la que se resuelve desestimar el recurso de reposición interpuesto por el actor contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Unidad de actuación Castro, en la sesión celebrada el día 17 de abril de 2001 .

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación del actor interpuso recurso contencioso administrativo con fecha 2 de abril de 2002 .

Admitido a trámite se dió al mismo la publicidad legal y se reclamó el expediente administrativo; recibido se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de 2 de septiembre de 2002 que en lo sustancial se da por reproducido y en la que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que se declare: la nulidad de la resolución y su derecho a ser compensado en la reparcelación como propietario del terreno aportado.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por término legal a la representación procesal de la Administración demandada quién contestó por medio de escrito oponiéndose al recurso y solicitando su desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Recibido el Juicio a prueba se practicó con el resultado que obra en autos, evacuándose por las partes sus respectivos escritos de conslusiones que obran unidos al recurso y señalándose el día para su votación y fallo, lo que se efectuó. Se han observado las prescripciones prevenidas en la Ley en la tramitación de este recurso jurisdiccional.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

el objeto del presente recurso es la impugnación de la resolución de fecha 14 de enero de 2002 dictada por la Comisión de gobierno del ayuntamiento de Granadilla de Abona por la que se resuelve desestimar el recurso de reposición interpuesto por el actor contra el acuerdo de aprobación definitiva de la Unidad de actuación Castro, en la sesión celebrada el día 17 de abril de 2001.

Segundo

que el recurrente pide la nulidad del acuerdo de aprobación definitiva, al entender que existe un vicio de nulidad de la reparcelación, por cuanto que una parcela, que según dice, era de su propiedad, aparece en el...

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