STSJ Cataluña , 24 de Enero de 2003

PonenteJOSE JUANOLA SOLER
ECLIES:TSJCAT:2003:977
Número de Recurso2352/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

1 Recurso nº 2352/1998 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso nº 2352/1998 S E N T E N C I A nº 71 Ilustrísimos Señores Magistrados:

D. José Juanola Soler Dª Mª Pilar Martín Coscolla D. Manuel Táboas Bentanachs Barcelona, a 24 de enero del año dos mil tres.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el presente recurso contencioso administrativo, seguido entre partes: como parte demandante, el Ayuntamiento de CALLDETENES, representada y defendida por el Letrado D. MIQUEL COLOM CANAL; como parte demandada, el Ayuntamiento de VIC, representada por el Procurador/a D/Dª JOAQUIN RUIZ BILBAO; y como parte/s codemandada/s, INSTITUT CATALA DEL SOL, representada/s por el Procurador/a D/Dª FRANCISCO J. MANJARIN ALBERT.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. José Juanola Soler.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto contra Acuerdo del Ayuntamiento de Vic de 25-5-1998 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación del sector Sant Llàtzer.

  2. - Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, y admitido a trámite y recibido el expediente administrativo le fue entregado y dedujo escrito de demanda, en el que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando que se dictara Sentencia estimatoria de la demanda articulada.

  3. - Conferido traslado a la parte demandada, ésta contestó la demanda, en la que tras consignar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, solicitó la desestimación de las pretensiones de la parte actora. En similares términos evacuó/aron el trámite la/s parte/s codemandada/s.

  4. - Recibidos los autos a prueba, se practicaron las pertinentes con el resultado que obra en autos.

Se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas y, finalmente, se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 23-I-2003.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la pretensión actora de que se anule el Acuerdo del Ayuntamiento de Vic de 25-5-1998 por el que se aprobó definitivamente el Proyecto de reparcelación del sector Sant Llàtzer.

Deberán decaer las causas de inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo aducidas por la codemandada, por cuanto la actora ha acreditado que por acuerdo del plenario de 10-1- 2001 se ha ratificado la resolución de la Alcaldía promoviendo el presente recurso contencioso- administrativo, y por cuanto la legitimación para la acción pública en materia urbanística proporciona suficiente cobertura para su ejercicio por el Ayuntamiento demandante (art. 296 del Decret Legislatiu 1/1990 de 12-VII, refundición de los textos legales vigentes en Cataluña en materia urbanística).

SEGUNDO

A).- Deberá decaer la alegación de que se ha infringido el art. 45 del Decret 146/1984, relativo a la publicidad de la aprobación de un Proyecto de reparcelación, por cuanto es absurda la afirmación de que tal publicidad debió hacerse efectiva en el diario de "mayor" divulgación: La norma exige que...

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