STSJ Cataluña 696/2005, 17 de Junio de 2005

PonenteMARIA PILAR GALINDO MORELL
ECLIES:TSJCAT:2005:14883
Número de Recurso1658/2000
Número de Resolución696/2005
Fecha de Resolución17 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 696

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

D. EMILIO ARAGONÉS BELTRÁN

MAGISTRADOS

Dª PILAR GALINDO MORELL

D DIMITRY T. BERBEROFF AYUDA

D. JOSÉ LUIS GÓMEZ RUIZ

En la ciudad de Barcelona, a diecisiete de junio de dos mil cinco .

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº 1658/2000, interpuesto por Daniel , Juan Miguel , Jose María , Lorenzo , Eugenio , Alvaro , Luis Pablo , Maite , Jose Ramón , Marcos , María Rosario , Íñigo , Eloy , Alfredo , Juan Manuel , Jose Pablo , Rogelio , Lázaro , Germán , Enrique , Bernardo , Alexander , Pedro Antonio , Remedios , Juan Luis , Luis Francisco , Carlos Daniel , Jose Miguel y Jose Daniel , representado por el Procurador JESUS MILLAN LLEOPART , contra T.E.A.R.C. , representado por el ABOGADO DEL ESTADO.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª PILAR GALINDO MORELL, quien expresa el parecer de la SALA.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el Procurador JESUS MILLAN LLEOPART actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra resoluciones dictadas en reclamaciones nº 17/282/98, 17/225/98, 17/226/98, 17222/98, 17/242/98, 17237/98, 17/284/98, 17433/98, 17/430/98, 17/223/98, 17/238/98, 17/241/98, 17/283/98, 17/431/98, 17/434/98, 17/372/98, 17/234/98, 17/432/98, 17/230/98, 17/235/98, 17/227/98, 17/232/98, 17/236/98, 17/373/98, 17/233/98, 17/224/98, 17/229/98, 17/231/98, 17/239/98 en concepto de I.R.P.F. ejercicio 1991 .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dió el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

.Continuando el proceso su curso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo diversas resoluciones del TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de fechas 14 de septiembre de 2000 interpuestas por los recurrentes - todos ellos trabajadores de la empresa "Casinos Lloret de Mar S. A."- contra acuerdos dictados por la Dependencia de Gestión Tributaria de la A. E. A. T. de Girona, por el concepto de IRPF, ejercicio 1991.

SEGUNDO

La cuestión a resolver en la presente litis consiste en determinar si procede o no las retenciones sobre todas las retribuciones percibidas por los interesados en el ejercicio del año 1991 procedentes del llamado "tronco de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR