STSJ Comunidad de Madrid 10586/2008, 17 de Julio de 2008

PonenteGERVASIO MARTIN MARTIN
ECLIES:TSJM:2008:13440
Número de Recurso731/2005
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución10586/2008
Fecha de Resolución17 de Julio de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 10586/2008

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

PROGRAMA DE ACTUACION POR OBJETIVOS EN APOYO A LA SECCION QUINTA

PONENTE SR. Gervasio Martín Martín

RECURSO Nº 731 de 2005.

S E N T E N C I A Nº 10.586

Presidente Ilmo. Sr.

Francisco Gerardo Martínez Tristán

Magistrados Ilmos. Sres.

Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

Dª Fátima de la Cruz Mera

Dª Camen Álvarez Theurer

En Madrid, a diecisiete de julio de dos mil ocho.

Visto por la Sala del margen el recurso nº 731 de 2005 interpuesto por la Procuradora Sra. Santos Erroz en nombre y representación de EL CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, asistida de Letrado, contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 29 de marzo de 2005, sobre liquidación en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamientos de inmuebles urbanos, ejercicio de 2000, por cuantía de 4.509,69 €; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

La cuantía del recurso es de 307,28 €.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por la representación procesal del recurrente, se interpuso el presente recurso, y después de cumplidos los trámites preceptivos, formalizó la demanda que basaba sustancialmente en los hechos del expediente administrativo, citó los fundamentos de derecho que estimó aplicables al caso, y concluyó con la suplica de que en su día y, previos los trámites legales se dicte sentencia de conformidad con lo expuesto en el suplico de la demanda.

SEGUNDO

Dado traslado de la demanda al Sr. Abogado del Estado, para su contestación, lo hizo negando los hechos de ella que sean distintos o que se opongan a los que resulten del expediente, alegó en derecho lo que consideró oportuno, y solicitó la confirmación en todos sus extremos del acuerdo recurrido.

TERCERO

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, tras el trámite de conclusiones, se señaló para la votación y fallo la audiencia del día 17 de julio de 2008, en que tuvo lugar, quedando el recurso concluso para Sentencia.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Gervasio Martín Martín, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este recurso contencioso administrativo la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid el día 29 de marzo de 2005, sobre liquidación en concepto de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, retenciones e ingresos a cuenta sobre determinadas rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamientos de inmuebles urbanos, ejercicio de 2000, por cuantía de 4.509,69 €. La controversia versa, no sobre el principal de la deuda tributaria liquidada a que se ha hecho referencia, con el que la parte recurrente se muestra conforme, sino con los intereses de demora liquidados conjuntamente con el principal de la deuda.

SEGUNDO

La parte recurrente sostiene que los intereses de demora proceden exclusivamente hasta la fecha de publicación en el BOE, el 19 de diciembre de 2000, de la Orden Ministerial de Economía de 4 de diciembre de 2000, que acordaba la liquidación forzosa e intervención de la "AGB VIDA, S.A. DE SEGUROS", encomendando dicha liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros. Con posterioridad, añade, se notificó el 22 de abril de 2002 a AGB VIDA liquidación provisional correspondiente al...

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