STSJ País Vasco , 1 de Abril de 2008

PonenteMODESTO IRURETAGOYENA ITURRI
ECLIES:TSJPV:2008:606
Número de Recurso3008/2007
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

RECURSO Nº: 3.008/2.007

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 1 de abril de 2.008.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. JAIME SEGALES FIDALGO, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por AZCOAGA S.A. contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 (Vitoria) de fecha veintisiete de Junio de dos mil siete, dictada en proceso sobre AEL, y entablado por AZCOAGA S.A. frente a Bruno y INSS Y TGSS.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º.- D. Bruno viene prestando servicios para la empresa Azcoaga, S.A. en el área de fabricación.

Se la declaró afecto de incapacidad laboral transitoria derivada de enfermedad profesional consistente en asma bronquial por azodicarbonamida.

  1. - La empresa Azcoaga, S.A. se dedica a la fabricación de papeles pintados. La azodicarbonamida es un agente químico que ha venido siendo utilizado en la empresa desde el inicio de su actividad como espesante o espumante en el proceso productivo. (Testifical)

    Los trabajadores afectados, ocho, de un total de treinta en la plantilla, cuentan con muchos años de antigüedad en la empresa y un prolongado período de exposición a la azodicarbonamida.

    Los casos de asma profesional detectados derivan de una inhalación repetida y prolongada de dicho agente químico.

  2. - La azodicarbonamida es un sensibilizante respiratorio.

    La azodicarbonamida se clasifica según la normativa como Xn nocivo y R: 42-44 (frase de riesgo r-42: posibilidad de sensibilización por inhalación). La sustancia se puede absorber por inhalación y vía oral. Los efectos de salud asociados a la misma en exposición de corta duración son irritación ocular, y de tracto respiratorio. La inhalación de polvo puede originar reacciones asmáticas. El contacto prolongado con la piel puede producir dermatitis y sensibilización cutánea. La inhalación repetida o prolongada puede originar asma y sensibilización respiratoria.

    Los agentes sensibilizantes como la azodicarbonamida son sustancias y preparados que, por inhalación o penetración cutánea, pueden ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de forma que una exposición posterior a esa sustancia o preparado de lugar a efectos negativos característicos. Inicialmente la respuesta de las personas a un compuesto sensibilizante puede ser pequeña o no existir. Sin embargo, después de que un individuo se ha sensibilizado, la exposición siguiente puede producir respuetas intensas aun a muy bajas concentraciones (Informa OSALAN, Departamento de Justicia, Empresa y Seguridd Social, Delegación de en Alava, folio 212 y ss).

    En las fichas de datos de seguridad de la azodicarbonamida con diferentes nombres comerciales, así como en la ficha del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, se indica que se trata de un agente espesante que produce sensibilización pulmonar por vía respiratoria por inhalación continuada, destacan asimismo que puede producir asma. (folio 10). Las fichas de datos de seguridad con diferentes nombres comerciales recogen las siguientes indicaciones: "Manejo: debido a la posibilidad de causar sensibilización respiratoria, han de evitarse ambientes pulverulentos"; "Toxicidad: causa sensibilidad pulmonar por repetida inhalación"; "Peligros: nocivo por inhalación, ingestión y en contacto con la piel. Requiere llevar protección respiratoria de tipo personal en caso de liberación del polvo... no levantar polvo, no respirar polvo... la inhalación continuada puede causar sensibilidad respiratoria y asma". "Información adicional: las personas que han presentado síntomas de sensibilización respiratoria por inhalación deben ser inmediatamente aisladas de exposiciones posteriores". (folio 14 Acta de Inspección 10 de febrero de 2006).

    El asma bronquial de origen ocupacional, profesional o laboral, constituye una manifestación frecuente de la enfermedad alérgica limitada a vías respiratorias inferiores (bronquios). El origen de la misma se debe a una reacción alérgica o de hispersensibilidad entendida ésta como una respuesta inmunológica anormal a sustancias inhaladas habitualmente toleradas por el resto de los individuos e inhaladas a concentraciones no tóxicas. Estas reacciones, se diferencian de las reacciones de tipo tóxico, en las cuales la mayoría de los individuos expuestos sufren la enfermedad. (informe Dr. Andrés folio 48).

    La empresa conocía los riesgos que implicaba la exposición a la azodicarbonamida, dado que así se recogía en las fichas de datos de seguridad del producto, el cual venía siendo utilizado desde el comienzo de su actividad empresarial, pero no pensaron que iban a provocar problemas de salud entre los trabajadores. (testifical, Sr. Pinedo Álvarez, Jefe de Producción).

  3. - Los trabajadores afectados, ocho de un total de treinta en la plantilla, desarrollaban su actividad en el área de fabricación, aunque es la sala de plastisoles en la que fundamentalmente se empleaba la azodicarbonamida en polvo, debido a que existe una diferencia de presión atmosférica entre la sala de plastisoles y la nave de fabricación, lo que provoca un efecto de succión del polvo que contiene azodicarbonamida desde la sala de plastisoles hasta la nave de fabricación. Dicho polvo se dispersaba debido, por un lado, a que el equipo de mezclas (batidora) no estaba cerrado, no contaba con una aspiración adecuada, y por otro lado, a que la sala de plastisoles carecía de puerta y se comunicaba directamente con la nave de fabricación. Asimismo los trabajadores del área de fabricación resultaron afectados, porque a diferencia de los operarios de la sala de plastisoles, no utilizaban equipos de protección individual de las vías respiratorias (folio 9 Acta de Inspección 10 de febrero de 2006 ).

  4. - En las evaluaciones de riesgos laborales realizadas por el servicio de prevención de mutua La Previsora, a instancias de la empresa demandada, no se recoge el riesgo de exposición a la azobicarbonamida, aunque sí el riesgo de exposición a sustancias nocivas (vapores, partículas en suspensión, humos) en diferentes puestos de trabajo (plastisoles, tintas, gofrado...). Las evaluaciones amtientales o mediciones higiénicas de contaminantes químicos fueron ralizadas en junio de 2003, marzo y junio de 2004, mayo, octubre, noviembre de 2005.

    La primera medición higiénica que se dirige a la detección específica de las concentraciones del agente químico azodicarbonamida en el ambiente de lugar de trabajo, esta fechada el 31 de mayo de 2005. En dicha medición y en las posteriores, de 19 de octubre y 15 de noviembre de 2005, se detecta la presencia de dicha sustancia (folio 13 Acta Inspección de trabajo).

    La azodicarbonamida no tiene establecido valor límite ambiental.

    Con posterioridad durante los años 2006 y 2007 se han llevado a cabo mediciones higiénicas de azodicarbonamida (folios 109 a 114 informe de Inspección de trabajo de 1 de junio de 2007).

  5. - En el libro de actas de las reuniones con el Comité de Seguridad y Salud, y con el Delegado de Prevención, se hace mención tanto a las corrientes de aire en el cuarto de plastisoles (lo que determinó que el polvo y el humo se extendieran también a la nave de fabricación), como al humo existente en la nave proveniente de la mezcla de plastisol. Asimismo se recogen quejas sobre problemas alérgicos y de disminución de la capacidad respiratoria de los operarios de plastisoles (folios 14 Acta Inspección de trabajo, folios 246 y ss)

  6. - Es a partir del año 2003 con el diagnóstico de los primeros casos de asma cuando las espirometrías se realizan sobre todos los trabajadores que integran la plantilla. (folio 13 Acta de Inspección de trabajo).

    El 8 de enero de 2004 tras el estudio pertinente se diagnostica "asma ocupacional por espumante de plásticos, azodicargonamina" (folios 407 informe de Osalan).

    Las acciones emprendidas por la empresa consistieron en: cierre del equipo de batido, enero de 2005: actualmente el equipo tiene una tapa dotada de aspiración que baja y cierra la batidora en el momento que se realiza la mezcla, de esta manera se ha conseguido el proceso de batido sea cerrado y estanco. Refuerzo del sistema de aspiración, febrero y marzo de 2005, Utilización de la azodicarbonamida en líquido, septiembre de 2005. Instalación de una puerta en el hueco a la sala de plastisoles, octubre de 2005, para evitar emanaciones de polvo. (folio 9 y 16 Acta de Inspección).

  7. - A instancias de la Inspección de Trabajo el INSS inició expediente de responsabilidad empresarial por...

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