STSJ Castilla y León , 14 de Febrero de 2000
Ponente | MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA |
ECLI | ES:TSJCL:2000:649 |
Número de Recurso | 37/2000 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2000 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA En la ciudad de Burgos, a catorce de Febrero de dos mil. En el recurso de Suplicación número 37/2000, interpuesto por INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº dos de Burgos, en autos número 526/99 , seguidos a instancia de Dª Daniela , contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, en reclamación sobre CANTIDAD. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª María Luisa Segoviano Astaburuaga que expresa el parecer de la Sala.
En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 29 de Noviembre de 1.999 , cuya parte dispositiva dice: "
FALLO
.- Que estimando la demanda presentada por Dª Daniela , contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, debo declarar y declaro el derecho de la actora a percibir a cargo del INSALUD la Ayuda para Estudios de su hijo Jose Carlos , para el curso 1998/1.999, condenando al INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD (INSALUD), estar y pasar por esta declaración.".
En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes:
"PRIMERO.- DOÑA Daniela presta servicios para el INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD desde el 17 de mayo de 1.999 con nombramiento de carácter interino, ostentando la categoría profesional de Enfermera del Servicio Normal de Urgencias en Burgos. SEGUNDO.- La actora en fecha 10 de junio de 1.999 solicitó del Organismo demandado la concesión de Ayuda para los estudios que realiza su hijo Jose Carlos de 1º de ESO, para el Curso 1998-1999, la cual le fue denegada por Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD de fecha 30 de julio de 1999 por ostentar nombramiento con carácter interino. TERCERO.- Formulada Reclamación Previa la misma no ha sido contestada.".
Contra dicha sentencia, interpuso recurso de Suplicación por la representación letrada del INSALUD, siendo impugnado por la representación letrada de la demandante. Elevados los autos a este Tribunal y comunicada a las partes la designación del Ponente, le fueron, a éste, pasados los autos para su examen y resolución por la Sala.
En la resolución del presente recurso se han observado, en sustancia, las prescripciones legales vigentes.
UNICO.- La sentencia de instancia estimó la demanda formulada por Dª Daniela...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba