STSJ Comunidad Valenciana 1886/2008, 6 de Junio de 2008

PonenteISABEL MORENO DE VIANA-CARDENAS
ECLIES:TSJCV:2008:2838
Número de Recurso2872/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1886/2008
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

1886/2008

2

R. C.sent.nº 2.872/07

Recurso contra Sentencia núm. 2.872 de 2.007

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz

Ilmo. Sr. D. Javier Lluch Corell

En Valencia, a seis de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1.886 de 2.008

En el Recurso de Suplicación núm. 2872/07, interpuesto contra la sentencia de fecha 3 de mayo de 2.007, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 de Elx, en los autos núm. 549/06, seguidos sobre DECLARACIÓN RELACION FIJA DISCONTINUA, a instancia de Dª Raquel, representada por el letrado D.Manuel Zaragozá, contra SURINVER SCL, representado por el letrado D.Ricardo Ruiz e INTEREMPLEO ETT, y en los que es recurrente el codemandado SURINVER SCL, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 3 de mayo de 2.007 dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Dª Raquel contra Surinver Sociedad Cooperativa Limitada e Intermpleo ETT, debo declarar y declaro que la actora tiene la condición de fija discontínua en la empresa Surinver Sociedad Cooperativa Limitada desde 14 de marzo de 2006, condenando a las codemandadas a estar y pasar por lo anterior".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- Dª Raquel, con NIE NUM000, vino prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada Surinver Sociedad Cooperativa Limitada, dedicada a actividades agropecuarias en el centro de la misma en Pilar de la Horadada, con la categoría de peón e incluída en el REA por cuenta ajena, y salario de 1.184,81 euros mensuales, con inclusión de pagas extras y en los periodos y por los siguientes contratos: 1.- del 16 de abril al 30 de septiembre de 2001 como peón eventual, prestando servicios la actora durante 111 jornadas. 2.- del 6 de junio al 30 de septiembre de 2002, por contrato de obra o servicio determinado, cuyo objeto era atender la obra o servicio consistente en campañas de pimiento, sandia, lechuga, apio, maíz y cítricos y con duración hasta fin de campaña. Prestando servicios durante 69 jornadas. 3.- del 7 de abril-03 al 27/07/03 como peón eventual, prestando servicios la actora durante 83 jornadas. 4.- del 16 de diciembre de 2003 al 17 de julio de 2004 por contrato de obra o servicio determinado, cuyo objeto era atender la obra o servicio consistente en campañas de pimiento, sandia, lechuga, apio, maíz y cítricos y con duración hasta fin de campaña y cuya duración se extendió del 16/12/03 al 17/07/04. Prestando servicios durante 142 jornadas. SEGUNDO.- El ejercicio económico de la empresa Surinver según sus estatutos, tendrá una duración de doce meses y se extenderá del 1/10 al 30/09. En la empresa demandada Surinver Sociedad Cooperativa Limitada, durante la campaña 2003/04 el 40% de la media de las jornadas efectivamente trabajadas por fijos discontinuos y eventuales fue de 91 jornadas y en la campaña 2004/05 fue de 85 jornadas. TERCERO.- La empresa Surinver Sociedad Cooperativa Limitada efectuó su campaña 2004-2005 normalmente no trabajando ninguna jornada la actora. La empresa demandada Surinver Sociedad Cooperativa Limitada, contrató durante la campaña 2005/06, que comenzó en el mes de octubre de 2005, a diversos trabajadores con carácter eventual para realizar trabajos de almacén, no siendo contratada la actora. CUARTO.- La actora presentó escrito a la empresa Surinver con fecha 20/12/04 solicitando excedencia por nacimiento de hijo a partir del 20/12/04 y hasta el 19/12/05 en que se reincorporaría a su puesto de trabajo. Y la actora presentó nuevo escrito a la empresa Surinver con fecha 27/01/06 solicitando excedencia por nacimiento de hijo a partir del 20/12/05 y hasta el 19/12/06 en que se reincorporaría a su puesto de trabajo. No obteniendo respuesta de la empresa que consideraba que la actora no mantenía vínculo laboral a esas fechas. QUINTO.- Se da aquí en lo oportuno por reproducido el Convenio Colectivo de actividades agropecuarias de la provincia de Alicante aportado a autos en el ramo de prueba de la actora. SEXTO.- Que se ha celebrado Acto de Conciliación ante el SMAC de Alicante con fecha 13/07/06 con el resultado de intentado sin efecto por incomparecencia de las empresas. SEPTIMO.- La actora fue llamada para trabajar en la empresa Surinver, remitiéndola ésta a la empresa de trabajo temporal demandada, con la que hizo contrato de puesta a disposición, trabajando en Surinver como empresa usuaria y ello en los periodos y por los contratos siguientes: 1.- desde el 14 de marzo de 2006, por contrato de obra o servicio...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 3 de Marzo de 2009
    • España
    • 3 Marzo 2009
    ...dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el 6 de junio de 2.008, recurso número 2872/2007. SEGUNDO La parte recurrente interpuso recurso de súplica contra el Auto citado mediante escrito presentado en fecha 16 de diciembre de 2.008, afirm......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR