STSJ Aragón , 4 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE ENRIQUE MORA MATEO
ECLIES:TSJAR:2000:2878
Número de Recurso968/1999
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Social

1 Rollo número: 968/1999 Sentencia número: 1213/2000 MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a cuatro de diciembre de dos mil. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.968/1999 (Autos núm. 315/1999), interpuesto por la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 5 de Zaragoza, de fecha 19 de octubre de 1999, siendo demandada Dª Cecilia , sobre reintegro de gastos médicos. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Según consta en autos, se presentó demanda por Dª Cecilia , contra el INSALUD, sobre reintegro gastos médicos; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social núm. 5 de Zaragoza, de fecha 19 de octubre de 1999, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando en parte la demanda interpuesta por Cecilia , contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SALUD, debo codenar y condeno a la Gestora a abonar a la actora la cantidad resultante de descontar del importe de la factura emitida por la MAZ y obrante en autos (1.390.569 pesetas) los gastos correspondientes al tiempo transcurrido desde el ingreso de Dolores en el Centro Hospitalario de la citada Mutua y el ingreso de la paciente en la UCI de dicho Centro, y ello una vez se acredite por la demandante el abono del reseñado importe. La cantidad a abonar por el INSALUD se determinará en ejecución de sentencia sobre la factura obrante a los folios 43 a 47".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenor literal:

"Que la actora, Cecilia , era hermana de Dolores , con la que convivía, siendo la segunda afiliada y beneficiaria de la Seguridad Social.

El día 26 de diciembre de 1.997 Dolores acudió al servicio de urgencias del Hospital Miguel Servet de Zaragoza por haber sufrido un crujido y dolor en la zona lumbar después de un esfuerzo; tras ser examinada fue remitida al Traumatólogo de Cupo que el día 15 de enero de 1.998 prescribió a Dolores una faja ortopédica.

E1 día 16 de enero de 1.998 se solicitó asistencia domiciliaria para Dolores , indicándose que ello se debía a congestión y catarro. Personado en el domicilio de la citada el doctor D. Hugo , Médico General del Centro de Salud San José Norte, prescribió a la paciente el tratamiento que tuvo por conveniente e indicó que pasados unos días fueran a su consulta para informarle sobre el estado de Dolores . El 20 de enero del citado año la actora fue a la consulta del Doctor Hugo refiriéndole que su hermana había empeorado.

El mismo 20 de enero de 1.998 por la tarde se solicitó asistencia del Servicio Especial de Urgencias, indicando que el motivo de la llamada era que Dolores sufría sudor frío y mano hinchada. Se personó en el domicilio el Doctor Bernardo que hizo constar que la enferma tenía antecedentes de anemia crónica, insuficiencia cardíaca, insuficiencia renal crónica y que se hallaba en tratamiento con Klacid por proceso en vías respiratorias. Le prescribió un inyectable de Seguril, derivando a la paciente a su médico de cabecera.

El citado inyectable le fue suministrado posteriomente por un A.T.S. Al día siguiente la actora pasó por la consulta del doctor D. Hugo que prescribió para su hermana, entre otros, análisis de sangre y orina, indicando que el día 23 de enero pasaría un A.T.S. por el domicilio para realizar la extracción de sangre.

E1 día 22 de enero de 1.998 se volvió a solicitar la asistencia al Servicio Especial de Urgencias, personándose en el domicilio de Dolores la doctora Antonia que le diagnosticó retención de líquidos, haciendo constar que la exploración de la enferma era compatible con la normalidad. doctora Antonia reseña en el parte que si se producía alteración en el estado de la Sra. Dolores se realizase:-volante de remisión al Hospital Miguel Servet.

El mismo día 22 de enero de 1.998 la actora trasladó a su hermana al Centro Médico de la MAZ a fin de que fuera examinada y diagnosticada Dolores . Esta ingresa en planta y se procede a su estudio analítico y radiológico.

E1 día 23 de enero de 1.998 (viernes) mientras se le estaba realizando un scaner, Dolores entró en un estado de coma e insuficiencia respiratoria, lo que motivó su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI).

Tras...

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