STSJ Canarias , 18 de Noviembre de 2003
Ponente | ANTONIO GIRALDA BRITO |
ECLI | ES:TSJICAN:2003:3219 |
Número de Recurso | 1273/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 18 de Noviembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA 976 ILMO. SR. PRESIDENTE D./Dña. Á ngel Acevedo y Campos ILMO./A. SRES./AS. MAGISTRADOS/AS D./Dña. Antonio Giralda Brito D./Dña. Ana T. Afonso Barrera
En Santa Cruz de Tenerife , a 18 de noviembre de dos mil tres .
Visto por este TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO con sede en Santa Cruz de Tenerife , integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso-Administrativo número 0001273/2001 , interpuesto por << Doña Paula >>, representada por la Procuradora de los Tribunales D./Dña. Montserrat Padrón García y dirigida por la Abogada D./Dña.
María-Jesús Martín Ferrera , contra <
Por Doña Paula , se interpuso recurso contencioso-administrativo contra Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de fecha 11 de Octubre de dos mil uno, sobre liquidación por concepto de I.R.P.F. en virtud de la cual se desestimaba la reclamación económico-administrativa num. 38/017272/02, girada por la Administración de Hacienda de Arona, correspondiente al ejercicico de 1996.
Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que estimando el presente recurso, se revoque la resolución recurrida, por no ser conforme a Derecho, con expresa imposición de costas a la Administración demandada, por su notoria temeridad y mala fe.
La Administración demandada contestó a la demanda oponiéndose a ella e interesando una sentencia, desestimatoria de todas las pretensiones formuladas de contrario por ser conforme a Derecho la resolución recurrida.
Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.
Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.
Aparecen observadas las formalidades de tramitación.
Vistos los preceptos legales citados por las parte y los que son de general aplicación, .
El recurso se interpone contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional por la que se desestimó la reclamación económico-administrativa núm. 38/017272/02, interpuesta contra liquidación por concepto de I.R.P.F. La Inspección Tributaria consideró que los rendimientos provinientes de participaciones en Comunidades de Aguas...
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