STSJ Comunidad Valenciana , 4 de Abril de 2000
Ponente | ERNESTO JAIME VIDAL GIL |
ECLI | ES:TSJCV:2000:2873 |
Número de Recurso | 879/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 4 de Abril de 2000 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Rec núm. 0879/97 SENTENCIA n° 589 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Primera Iltmos. Sres.:
Presidente D. SALVADOR BELLMONT Y MORA Magistrados D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA D. ERNESTO J. VIDAL GIL En la ciudad de Valencia a cuatro de abril de dos mil. VISTO por La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de justicia de la Comunidad Valenciana el recurso contencioso administrativo n° 879 de 1997 interpuesto por el Procurador D. JOSE JOAQUIN PÁSTOR ABAD en nombre y representación del CONSELL METROPOLITA DE L'HORTA contra el Acuerdo del Ajuntament de Quart de Poblet de 27 de febrero de 1997 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación por el Impuesto de Bienes Inmuebles, naturaleza rústica, habiendo sido parte en los Autos el Ayuntamiento la Administración demandada representada por el Letrado D. JESUS QUEREDA PALOP y Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ERNESTO J. VIDAL GIL.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por Ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase Sentencia mandando anular la Resolución recurrida.
Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se declarase la conformidad a Derecho de la Resolución impugnada
Habiéndose recibido el proceso a prueba se practicó la propuesta por las partes que resultó admitida y una vez realizada se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite prevenido en el art. 78 de la Ley Reguladora de esta jurisdicción y cumplido dicho trámite quedaron los Autos pendientes de
Votación y Fallo.
Se señaló la Votación y Fallo del recurso para el día veintisiete de marzo de dos mil, en cuya fecha tuvo lugar.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se interpone el presente recurso contencioso contra el Acuerdo del Ajuntament de Quart de Poblet de 27 de febrero de 1997 que desestima el recurso de reposición interpuesto contra la liquidación por el Impuesto de Bienes Inmuebles, naturaleza rústica correspondiente a la parcela 21 del polígono 18 de dicho municipio.
Según consta acreditado en el expediente administrativo y en los Autos, la parte actora el Consell Metropolitá de L'Horta adquirió en el ejercicio de 1990 las dos fincas mencionadas para "la ampliación de las instalaciones metropolitanas de tratamiento y eliminación de residuos sólidos en...
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