STSJ Cataluña , 14 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2001:15783
Número de Recurso1099/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 1099/98 Partes: SOCIEDAD DE APARCAMIENTOS DE BARCELONA, S.A. C/ TRIBUNAL ECONOMICO- ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA SENTENCIA N°1337/2001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a catorce de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1099/98, interpuesto por la SOCIEDAD DE APARCAMIENTOS DE BARCELONA, S.A., representada y asistida por la Letrada Dª. Yolanda Guerra Aznar, contra TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA, representado y asistido por el Abogado del Estado.

Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Letrada Sra. Guerra Aznar, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo dictado por la Administración de la A.E.A.T de Figueres, por el concepto de resolución desestimatoria de recurso de reposición formulado contra el acto censal del Impuesto de Actividades Económicas.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la

Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente, se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el 12 de diciembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de SOCIEDAD DE APARCAMIENTOS DE BARCELONA, S.A., la Resolución del TRIBUNAL ECONÓMICO-ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUÑA de 16 de octubre de 1996 por la que se desestimó la reclamación económico- administrativa núm. 17/36/93 interpuesta por la actora contra Acuerdo dictado por el administrador de la Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de Figueras, desestimatorio, a su vez, del recurso de reposición interpuesto por la recurrente contra acto censal del Impuesto sobre Actividades Económicas, por una cuantía de 240.500 ptas.

SEGUNDO

En el suplico de su demanda, la actora solicita que se dicte sentencia por la que se anule la liquidación del Impuesto sobre Actividades Económicas que le fue girada, en su día, con arreglo al epígrafe 751.1 "Guarda y custodia de vehículos en garajes y locales cubiertos", al no haberse practicado en la misma la reducción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR