STSJ Comunidad de Madrid 402/2006, 9 de Marzo de 2006

PonenteMERCEDES MORADAS BLANCO
ECLIES:TSJM:2006:4855
Número de Recurso2335/2002
Número de Resolución402/2006
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

MARIA DEL CAMINO VAZQUEZ CASTELLANOSMERCEDES MORADAS BLANCOMARIA JESUS MURIEL ALONSOJOSE LUIS AULET BARROSSANTIAGO DE ANDRES FUENTESCARMEN ALVAREZ THEURER

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.7

MADRID

SENTENCIA: 00402/2006

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN SÉPTIMA

RECURSO Nº 2335/2.002

PONENTE SRA. Mercedes Moradas Blanco

SENTENCIA Nº

Ilma. Sra. Presidenta:

Dña. María del Camino Vázquez Castellanos

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dña. Mercedes Moradas Blanco

Dña. María Jesús Muriel Alonso

D. José Luis Aulet Barros

D. Santiago de Andrés Fuentes

Dña. Carmen Alvarez Theurer

En la Villa de Madrid a nueve de marzo del año dos mil seis.

VISTO el recurso contencioso administrativo número 2335/2.002, seguido ante la Sección VII de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, interpuesto, por Dª. Margarita, contra la denegación presunta de lo solicitado en escrito presentado con fecha 23 de septiembre de 2002, sobre abono de dietas según el Real decreto 462/2002 de 24 de mayo . Habiendo sido parte demandada la Administración del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado. También ha intervenido en el recurso como codemandado D. Juan Pablo.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso, se reclamó el Expediente a la Administración y siguiendo los trámites legales, se emplazó a la parte recurrente para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito, obrante en autos, en el que hizo alegación de los hechos y fundamentos de Derecho que consideraron de aplicación y terminando por suplicar que se dictara Sentencia estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

SEGUNDO

El Abogado del Estado, en representación de la Administración demandada, contestó y se opuso a la demanda de conformidad con los hechos y fundamentos que invocó, terminando por suplicar que se dictara Sentencia que desestime el recurso y confirme en todos sus extremos la resolución recurrida. Por D. Juan Pablo se presento escrito con fecha 18 de julio de 2005, con la solicitud y argumentos que figuran en su contenido.

TERCERO

Terminada la tramitación se señaló para votación y fallo del recurso la audiencia del día ocho de marzo del año en curso, en que han tenido lugar.

Ha sido Ponente la Magistrada Ilma. Sr. Dª. Mercedes Moradas Blanco , quien expresa el parecer de la Sección.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo, interpuesto en su propio nombre y representación por Dª. Margarita, se dirige contra la denegación de lo solicitado en escrito presentado con fecha 23 de septiembre de 2002, sobre abono de dietas según el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo . Al que se adhirió D. Juan Pablo. Pretende la recurrente el abono de dietas y kilometraje en base a lo siguiente. Que avisaron del Ministerio de Justicia que no se ofertaran plazas del destacamento de Alcalá separadas de la Fiscalía de Madrid, que en el concurso se oferto adscripción a la Fiscalía de Alcalá de Henares y no Fiscalía Madrid, dado que sus residencias era Alcalá, ello que supone tiempo de dos horas de desplazamiento de su domicilio hasta el lugar de trabajo. Que en el concurso se olvidaron de anotar que la sede estaba en Madrid.

SEGUNDO

Previo al análisis de la cuestión de fondo que se somete a la consideración de la Sección es preciso el estudio de la causa de inadmisibilidad opuesta por la dirección letrada de la Administración demandada toda vez que, una eventual estimación de la misma imposibilitaría conocer de lo en definitiva pretendido. Sostiene el Abogado del Estado, que el presente recurso...

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