STSJ Islas Baleares , 23 de Octubre de 2001

PonentePABLO DELFONT MAZA
ECLIES:TSJBAL:2001:1466
Número de Recurso1766/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA N° 984 En la ciudad de Palma de Mallorca a 23 de octubre del año dos mil uno. ILMOS SRS. D. Gabriel Fiol Gomila.

MAGISTRADOS D. Pablo Delfont Maza.

D. Fernando Socias Fuster.

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares los autos N° 1766 de 1998, seguidos entre partes; como demandante, Miguel Puigcerver, Sociedad Anónima, representada por el Procurador D. José Luis Nicolau Rullan, y asistida del Letrado D. José Seguí Díaz; y como Administración demandada, la General del Estado, representado y asistido por su Abogado.

El objeto del recurso son tres resoluciones del Subsecretario del Ministerio de Fomento, la primera adoptada el 21 de noviembre de 1997 y las dos restantes el día 24 siguiente, recaídas en los expedientes números 2752/96, 3192/96 y 2827/96, respectivamente, por las que se inadmitían los recursos presentados contra liquidaciones por Tarifa T-3 practicadas por la Autoridad Portuaria de Baleares.

La cuantía del recurso se ha fijado como indeterminada, pero ha de ceñirse a la de las liquidaciones de que trae causa el contencioso.

Se ha seguido la tramitación correspondiente al procedimiento ordinario.

Ha sido Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. Pablo Delfont Maza, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso fue interpuesto el 28 de enero de 1998, admitiéndose a tramite por providencia del día 27 de enero de 1999, reclamándose el expediente administrativo y anunciándose mediante edicto insertado en el Boletín Oficial de esta Comunidad Autónoma.

SEGUNDO

La demanda se formalizó el 22 de octubre de 1999, solicitando la estimación del recurso con devolución de las cantidades ingresadas e intereses legales. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba.

TERCERO

El Abogado del Estado contestó a la demanda el 7 de abril de 2000, solicitando la declaración de inadmisibilidad o la desestimación, con imposición de las costas. No interesaba el recibimiento del juicio a prueba.

CUARTO

Por providencia de 2 de junio de 2000, se acordó que las partes formularan conclusiones por escrito, verificándolo por su orden e insistiendo ambas en sus anteriores pretensiones.

QUINTO

Por providencia de 2 de octubre de 2001, se señaló el día 23 siguiente para la votación y Fallo del recurso.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Hemos descrito en el encabezamiento cuales son las tres resoluciones administrativas contra las que se dirige el presente recurso contencioso.

En dichas resoluciones se inadmitían otros tantos recursos presentados por D. Cayetana de Zulueta Luchsinger en nombre y representación de la aquí parte actora, Miguel Puigcerver, Sociedad Anónima, contra liquidaciones por la Tarifa T-3 practicadas por la Autoridad Portuaria de Baleares.

En la primera de esas resoluciones -21 de noviembre de 1997, expediente 2752/96- se tornó en consideración la falta de acreditación de la representación pero, como en los dos casos restantes -resoluciones ambas de 24 de noviembre de 1997, expedientes números 3192/96 y 2827/96-, la inadmisión se fundó en la extemporaneidad por cuanto se trataba de recursos contra liquidaciones efectuadas en 1993, 1994 y 1995 en tanto que se sostenía que, pese a ser notificadas regularmente con indicación de que contra ellas cabía reclamación en el plazo de 15 días, e incluso, de no ser así, esto es, en el caso de que la notificación fuese defectuosa, se...

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