STSJ País Vasco , 4 de Octubre de 2002

PonenteMARGARITA DIAZ PEREZ
ECLIES:TSJPV:2002:4374
Número de Recurso2371/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2371/02 DE D.REUNION.LEY 98 SENTENCIA NUMERO 781/02 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN LUIS IBARRA ROBLES MAGISTRADOS:

DÑA. MARIA ABELLEIRA RODRIGUEZ DÑA. MARGARITA DIAZ PEREZ En BILBAO, a cuatro de octubre de dos mil dos. La Sección 3 de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 2371/02 y seguido por el procedimiento ESPECIAL previsto y regulado en el art. 122 de la Ley 29/1998, de 13 d eJUlio, reguladora de las Jurisdicción Contencioso administrativa (LJCA), en materia de Derecho de Reunión y Manifestación, en el que se impugna: la Resolución del Director de Seguridad Ciudadana de fecha 23 de septiembre de 2002, que acuerda prohibir la concentración promovida por los recurrentes con el objeto de "la realización de un acto de afirmación nacional, por parte de la Alianza por la Unidad Nacional (AUN) en el día de la Fiesta Nacional de España, al amparo del fundamento establecido en el artículo 2 de la Constitución española, que proclama que ésta se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles", a celebrar el día 12 de octubre de 2002, en la Plaza de la Virgen Blanca de Vitoria-Gasteiz, entre las 12,00 y las 14,00 horas.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTE: Antonio y Juan Pablo , representados por el Procurador SR. IBAÑEZ FERNANDEZ y dirigido por la Letrada DÑA. BLANCA GIL ARNADA-PIQUERAS.

- DEMANDADA: ADMINISTRACION GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO, representado y dirigido por el Letrado del GOBIERNO VASCO.

Ha sido Magistrado Ponente el/la Iltmo/a. Sr./Sra. D./Dña. MARGARITA DIAZ PEREZ.

I.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 28 de Septiembre de 2002 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que Dª.

BLANCA GIL ARNADA-PIQUERAS actuando en nombre y representación de D. Antonio Y D. Juan Pablo , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Director de Seguridad Ciudadana de fecha 23 de septiembre de 2002, que acuerda prohibir la concentración promovida por los recurrentes con el objeto de "la realización de un acto de afirmación nacional, por parte de la Alianza por la Unidad Nacional (AUN) en el día de la Fiesta Nacional de España, al amparo del fundamento establecido en el artículo 2 de la Constitución española, que proclama que ésta se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles", a celebrar el día 12 de octubre de 2002, en la Plaza de la Virgen Blanca de Vitoria-Gasteiz, entre las 12,00 y las 14,00 horas; quedando registrado dicho recurso con el número 2371/02.

SEGUNDO

Por providencia de 30.09.02 se requirió al presentante para que en el término de DOS DIAS se personase por medio de Procurador con poder al efecto personandose el dia 3 de Octubre de 2002 el Procurador D. SANTIAGO IBAÑEZ FERNANDEZ con el que se entenderian las sucesivas diligencias.

TERCERO

Por Providencia de fecha dos de Octubre de 2002 se convocó al representante de la Administración demandada, al Ministerio Fiscal y a la parte recurrente a una audiencia a celebrar el día 3 de Octubre a las 12,45 horas, haciendo saber al recurrente que con carácter previo a la vista deberá subsanar el defecto advertido por providencia de 30.09.02, de falta de representación por medio de Procurador, con el apercibimiento de que de no verificarlo se procedará al archivo de lo actuado.

CUARTO

En el día y hora señalados se celebró la vista pública para audiencia de las partes, con asistencia de las mismas; constando sus argumentos en el acta que obra unida a las presentes actuaciones.

QUINTO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso contencioso-administrativo, seguido por los cauces del artículo 122 LJCA, por la Letrada Dñª Blanca Gil Aranda-Piqueras, en nombre y representación de D. Antonio y D. Juan Pablo , contra la Resolución del Director de Seguridad Ciudadana de fecha 23 de septiembre de 2002, que acuerda prohibir la concentración promovida por los recurrentes con el objeto de "la realización de un acto de afirmación nacional, por parte de la Alianza por la Unidad Nacional (AUN) en el día de la Fiesta Nacional de España, al amparo del fundamento establecido en el artículo 2 de la Constitución española, que proclama que ésta se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española, patria común e indivisible de todos los españoles", a celebrar el día 12 de octubre de 2002, en la Plaza de la Virgen Blanca de Vitoria-Gasteiz, entre las 12,00 y las 14,00 horas Interesa el recurrente que se dicte sentencia estimatoria del recurso que revoque la prohibición gubernativa, sin introducir motivo de oposición alguno, explicitados posteriormente en la comparecencia celebrada el día 3 de octubre de 2001 en la que, en síntesis, alega que los incidentes acaecidos en las concentraciones previas a la de autos convocadas por la Alianza por la Unidad Nacional fueron provocados por terceros ajenos a la organización, a salvo de los ocurridos en la de fecha de 12 de octubre de 2001, en la que fueron detenidos el recurrente junto a otros participantes en la reunión,...

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