STSJ Aragón , 17 de Mayo de 2004

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2004:1331
Número de Recurso176/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO N° 176/01-C SENTENCIA N° 405 de 2.004 ILUSTRÍSIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE Dª ROSA Mª BANDRES SÁNCHEZ CRUZAT En Zaragoza a diecisiete de mayo de 2004.

En nombre de SM. el Rey. VISTO por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el presente recurso contencioso-administrativo n° 176/01-C, seguido entre partes, de la una como demandante la "Comunidad General de Regantes del Canal de Bardenas", representada por el Procurador D. Antonio Jesús Bozal Ochoa y dirigida por el Letrado D. Victor Baquedano Castarlenas, y de la otra como demandada la Confederación Hidrográfica del Ebro, representada y dirigida por el Abogado del Estado, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación de la resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 31 de octubre de 2.000, por la que se otorga al Ayuntamiento de Caseda un aprovechamiento de aguas públicas a derivar el río Aragón, con un caudal continuo en el mes de máximo consumo (julio) de 2'56 litros por segundo, destinado al riego de 12'4455 hectáreas, sitas en el PARAJE000 " del termino municipal de Caseda (Navarra).

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Bozal Ochoa, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso- administrativo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 22 de marzo de 2001 .

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anule la resolución impugnada.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Abogado del Estado, en nombre y representación de la Confederación Hidrográfica del Ebro, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba se propuso la documental, que no fue admitida, y una vez formuladas conclusiones escritas, quedaron los autos pendientes de señalamiento, fijándose para votación y fallo el día 3 de mayo del presente año.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso administrativo la resolución del Presidente de la Confederación Hidrográfica del Ebro de fecha 31 de octubre de 2.000, por la que se otorga al Ayuntamiento de Caseda un aprovechamiento de aguas públicas a derivar el río Aragón, con un caudal continuo en el mes de máximo consumo (julio) de 2'56 litros por segundo, destinado al riego de 12'4455 hectáreas, sitas en el PARAJE000 " del termino municipal de Caseda (Navarra).

SEGUNDO

La concesión otorgada por la resolución impugnada en este proceso lo ha sido en el ejercicio de las competencias que el Organismo...

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