STSJ Galicia , 11 de Julio de 2002

PonenteJOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA
ECLIES:TSJGAL:2002:5018
Número de Recurso4952/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Julio de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0004952 /1998 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA Nº 936/2.002 Ilmos Sres.

DON JOSÉ MARIA ARROJO MARTÍNEZ.- PTE. DON CARLOS LOPEZ KELLER DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA En la ciudad de A Coruña, a once de julio de dos mil dos. En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0004952 /1998 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por D. Luis Pablo , representado y dirigido por Dña. Leticia , contra la desestimación presunta por silencio por la Conselleria de Política Territorial, obras Pública e Vivenda del recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de 10 -3 -97 del Delegado Provincial en A Coruña, que archivó la solicitud de legalización de las obras realizadas por el actor en el lugar de Pantin-Marnela (Valdoviño). Es parte como demandada la CONSELLERIA POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICA E VIVIENDA representada y dirigida por el Sr. LETRADO DE LA XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día cuatro de julio de 2002.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso administrativo la desestimación presunta por silencio por la Consellería de Política Territorial, Obras Pública e Vivenda del recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de 10 -3 -97 del Delegado Provincial en A Coruña, que archivó la solicitud de legalización de las obras realizadas por el actor en el lugar de Pantin-Marnela (Valdoviño).

SEGUNDO

No cabe estimar que concurra la causa de inadmisión del recurso que opone la Administración demandada, ya que el artículo 117 de la Ley 30 /92 dispone que transcurridos tres meses desde la interposición del recurso ordinario sin que recaiga resolución se podrá entender desestimado, salvo en el supuesto previsto en el artículo 43.3. b), y quedará expedita la vía procedente; y esta...

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