STSJ Galicia , 21 de Diciembre de 2001

PonenteJOSE ANTONIO VESTEIRO PEREZ
ECLIES:TSJGAL:2001:9874
Número de Recurso9355/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0009355 /1997 RECURRENTE: Humberto ADMON. DEMANDADA: TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA PONENTE: D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NÚMERO 1294/2001 Iltmos. Sres:

D. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ, Presidente D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ En la Ciudad de A Coruña, veintiuno de diciembre de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0009355 /1997 pende de resolución ante esta Sala interpuesto por Humberto , con D. N. I. /C. I. F NUM000 domiciliado en TRAVESIA000 NUM001 (Vigo), representado por D/ña. ISABEL MARIA CASTIÑEIRAS FANDIÑO y dirigido por el Letrado D/ña. CARLOS MANUEL TERCEIRO LOMBA, contra Acuerdo de 11 -4 -97 desestimatorio de Rec. 54 /354 /96 contra otro de la Agencia Estatal Administración Tributaria de Vigo sobre liquidación en concepto de Impuesto sobre el Valor Añadido, ejercicio de 1991 Es parte la Administración demandada TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL GALICIA, representada y dirigida por el D/ña. AHOGADO DEL ESTADO. La cuantía del asunto es determinada en 3.830.033 ptas Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. JOSÉ ANTONIO VESTEIRO PÉREZ ANTECEDENTES DE HECH I. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida II. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación III. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 11 de Diciembre de 2001, fecha en que tuvo lugar IV. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales FUNDAMENTOS DE DERECH I. - De resultas del Acta de la Inspección Tributaria para regularizar la situación de la Empresa Viguesa Carburantes S. A. de Vigo levantada el 9 de noviembre de 1994 para la fijación del Impuesto sobre Sociedades e IVA por disolución y liquidación de la referida Sociedad...

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