STSJ Comunidad Valenciana 1478/2006, 3 de Mayo de 2006

PonenteFRANCISCO JAVIER LLUCH CORELL
ECLIES:TSJCV:2006:2725
Número de Recurso3740/2005/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1478/2006
Fecha de Resolución 3 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

Recurso de suplicación nº 3740/05

Recurso contra Sentencia núm. 3740/05

Ilma. Sra. Dª. Isabel Moreno de Viana Cárdenas

Presidente

Ilmo. Sr. D. Javier Lluch Corell

Ilma. Sra. Dª Inmaculada C. Linares Bosch

En Valencia, a tres de mayo de dos mil seis

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1478/06

En el Recurso de Suplicación núm. 3740/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 19 de Julio de 2005, dictada por el Juzgado de lo Social núm. CUATRO de Valencia, en los autos núm. 957/05, seguidos sobre cantidad (trienios), a instancia de D. Lucio, asistido del Letrado D. José M. García Layunta, contra la Generalitat Valenciana, asistido del Letrado D. Juan Carlos Bretones, y en los que es recurrente la demandada, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Javier Lluch Corell

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 19 de Julio de 2005, dice en su parte dispositiva: "FALLO: "Que estimando la demanda formulada por Lucio contra GENERALIDAD VALENCIANA, CONSELLERIA DE JUSTICIA Y ADMINISTRACIONES PUBLICAS debo condenar y condeno a la parte demandada a reconocer al demandante una antigüedad de 14 años, 8 meses y 5 días, a fecha 30-6-04, a retribuirle los trienios en la cuantía fijada para el grupo D y a abonar al demandante la cantidad de 2.101,16 euros.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- El demandante Lucio, mayor de edad, con DNI nº NUM000, viene prestando servicios como contratado laboral para la GENERALIDAD VALENCIANA, con categoría profesional de conducto A/C, grupo D. SEGUNDO.- La relación se ha prestado en los siguientes periodos: Del 26-10-89 al 30-6-04. TERCERO.- El importe del trienio en el año 2002,2003 y 2004 para la categoría profesional de la demandante ascendía a 15,85 €, 15,85 €, y 16,17 euros, respectivamente. CUARTO.- La parte actora formuló reclamación previa en vía administrativa que resultó desestimada. QUINTO.- La cuestión debatida afecta a 1.651 trabajadores del personal laboral de la demandada.".

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

ÚNICO.- 1. Recurre la Generalidad Valenciana la sentencia de instancia que reconoció al demandante el derecho a percibir una determinada cantidad en concepto de trienios, devengados en determinadas mensualidades de los años 2002 y 2003. Se ampara el recurso en un solo motivo redactado al amparo de la letra c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral -en adelante, LPL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR