STSJ Castilla y León , 18 de Diciembre de 2000

PonenteJOSE LUIS LOPEZ-MUÑIZ GOÑI
ECLIES:TSJCL:2000:6534
Número de Recurso397/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

suministro de papel DIN-A4 y DIN- A3 a la Empresa "Hijos de Santiago Rodríguez " S.A. SENTENCIA En la Ciudad de Burgos a dieciocho de diciembre de dos mil. En el recurso contencioso administrativo número 397/99 interpuesto por Don Benjamín representado por el Procurador don Jesús Miguel Prieto Casado y defendido por el Letrado don Luis Oviedo Mardones contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Burgos de fecha 18 de marzo de 1999 por el cual se desestiman las alegaciones efectuadas por la recurrente y otras personas a las Normas Subsidiarias de Planeamiento aprobadas de forma definitiva y se publican en fecha 22 de junio de 1994, por estimar que fueron presentadas fuera de plazo, se ha personado el Ayuntamiento de Agreda, representado por la Procuradora doña Concepción Santamaría Alcalde y defendido por el Letrado don Andrés Carnicero Modrego.

I.-

ANTECEDENTES DE HECHO

.- PRIMERO.- Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso administrativo ante esta Sala el día 28 de mayo de 1999.

Admitido a trámite el recurso se dio al mismo la publicidad legal, se reclamo el expediente administrativo; recibido, se confirió traslado al recurrente para que formalizara la demanda, lo que efectuó en legal forma por medio de escrito de fecha 20 de septiembre de 1999 que en lo sustancial se da por reproducido y en el que terminaba suplicando se dicte sentencia por la que estimando las pretensiones de este recurso declare no ajustada a derecho la resolución recurrida y por ello la nulidad del concurso de adjudicación de suministro de papel recurrido, ordenando una nueva, previos los análisis y pruebas necesarias, nuevas adjudicaciones a aquellos que puedan ser admitidos por cumplir los requisitos de la convocatoria, adjudicación que deberá realizarse conforme a derecho.

SEGUNDO

Se confirió traslado de la demanda por termino legal a la parte demandada, que contesto en forma legal oponiéndose al recurso solicitando la desestimación en base a los fundamentos jurídicos que aduce.

TERCERO

Se admitió el recurso a prueba, practicándose la que fue propuesta por las partes y admitida por la Sala con el resultado que obra en autos, señalándose día para la celebración de vista el día 26 de octubre de 2000, la que se lleva cabo con el resultado que obra en el acta levantada al efecto. En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

II.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El Ayuntamiento de Burgos al necesitar suministro de papel de 2.000.000 de unidades de papel tamaño DIN-A$ y 100.000 unidades de DIN-A3, realiza una oferta de contratación de tal suministro a varias empresas, fijando en anexo aparte las condiciones técnicas que debería reunir el papel suministrado, que deberían permitir que fuese papel que asegurase su escritura de forma permanente, y que las propuestas económicas deberían presentarse hasta las 13 horas del día 19 de febrero de 1999, presentándose las ofertas en sobre cerrado, figurando la siguientes inscripción en su anverso: "proposición para optar al suministro de papel con destino a las dependencias municipales". Asimismo deberá hacer constar en su oferta el plazo previsto para iniciar el suministro a contar desde la fecha del acuerdo de adjudicación, significándole que el mismo se hará en entregas parciales, según las necesidades del Ayuntamiento, en los emplazamientos que se indiquen.

La adjudicación se hace a una determinada empresa, en cuya oferta no se hacía constar el plazo de entrega, se excluye a otra, porque el plazo de entrega contenido en la oferta era de siete días, y no se adjudica a la empresa actora, a pesar de hacer una oferta de suministro por un precio inferior al hecho por la adjudicataria, y ofertando papel de mejor calidad para el fin de permanencia en la conservación de la escritura.

La empresa actora, hace dos ofertas, numeradas por el Ayuntamiento como oferta número 5 y 8, excluyéndose la oferta número 5, por el exceso de humedad que tiene el papel, si bien en el informe del Laboratorio municipal, se hace constar que este dato no tiene ninguna transcendencia. Los valores no son muy altos y, una vez abiertos los paquetes, la humedad del papel tiende a equilibrarse con la del ambiente.

Es de significar que en la valoración de este dato, todas las muestras de papel presentadas superan el 4%

de humedad exigida.

Por otro lado, existe informe de la Intervención, hace constar que el informe de Laboratorio se señala como propuesta más ventajosa la de El Corte Inglés. La Comisión Informativa de Hacienda en sesión de fecha 12 de abril de 1999 propone la adjudicación a Hijos de Santiago Rodríguez, situada por debajo de la anterior en cuanto al criterio de durabilidad en archivo según el mencionado informe y también mas desfavorable económicamente.

SEGUNDO

A la vista de estos informes y de este...

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