STSJ Comunidad Valenciana 487/2006, 15 de Junio de 2006
Ponente | AMALIA BASANTA RODRIGUEZ |
ECLI | ES:TSJCV:2006:2379 |
Número de Recurso | 104/2006/ |
Número de Resolución | 487/2006 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2006 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Alicante
Recurso Contencioso-Administrativo nº 10/05
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION PRIMERA
S E N T E N C I A Nº 487/2006
Presidente
D. Edilberto Narbón Laínez
Magistrados
D. Salvador Bellmont y Mora
Doña Amalia Basanta Rodríguez
En Valencia a quince de junio de dos mil seis.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana el recurso de apelación, tramitado con el número de rollo 104/06, interpuesto contra Auto nº 15/06, dictado con fecha 10-1-06, por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante, en el recurso contencioso-administrativo número 10/05.
Han sido partes en el recurso:
-
Como apelante D. Enrique, representada por la Procuradora Doña Ana Isabel Serna Nieva, y asistida por el Letrado D. Ángel Ruiz González; y b) Como apelada la Administración General del Estado, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado.
Ha sido Ponente la Magistrada Doña Amalia Basanta Rodríguez.
Con fecha 10-1-06 el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante dictó Auto en el recurso contencioso-administrativo número 10/05 cuya parte dispositiva, literalmente transcrita, dice: "DISPONGO: Archívense los autos a que se refiere el hecho 1º...".
La parte actora presentó, con fecha 31-1-06, escrito por el que interponía recurso de apelación contra la citada resolución y en el que, tras efectuar las alegaciones que estimó oportunas, solicitaba la estimación del recurso de apelación, dejando sin efecto el auto apelado y acordando su continuación a trámite.
Con fecha 1-2-06 no el Juzgado dictó providencia por la que se admitía el recurso y se daba traslado del mismo a las demás partes comparecidas para que, en el plazo común de quince días, pudieran formalizar su oposición, habiéndolo hecho la demandada.
Acordada la remisión a este Tribunal de los autos (expediente administrativo) y escritos presentados; y una vez recibidos y formado el correspondiente rollo de apelación, se señaló para la votación y fallo del recurso el día 15-6-2006, teniendo lugar la misma el citado día.
En la sustanciación de este recurso se han observado las prescripciones legales.
Como antecedentes necesarios relacionados con el presente recurso procede indicar que el Juzgado nº 1 de Alicante, por auto nº 39 de 1-2-2005, decretó la inadmisión del recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Enrique por haber caducado el plazo de interposición del mismo.
Entablado recuso de apelación, que se siguió en la Sección 3ª de esta Sala, al nº 582/05, en 7-9- 05 recayó S. nº 1526/05 en cuya parte dispositiva se lee: "FALLAMOS: 1. Estimamos el recurso de apelación interpuesto por la Procuradora Dª. Ana Isabel Serna Nieva, en nombre y representación de D. Enrique, contra el auto de 1-2-2005 dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Alicante, en el recurso contencioso-administrativo nº 10/05. 2. Revocamos el citado auto. 3. Ordenamos la apertura de un plazo de 10 días para la subsanación de la falta de concreción del acto administrativo recurrido por el actor. 4. No se hace expresa imposición de las costas de esta segunda instancia".
En su ejecución, el Juzgado de instancia acordó en 25-10-05, conceder al actor el término de 10 días para que concretara el acto administrativo recurrido, y aportara copia del mismo.
En 28-12-05 comunicó que dicho acto era el...
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