STSJ Castilla-La Mancha , 27 de Marzo de 2001

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2001:1011
Número de Recurso759/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 759 de 1998 Ciudad Real S E N T E N C I A Num. 248 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a veintisiete de Marzo de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 759 de 1998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de D Lázaro , representado y defendido por el Letrado Don Juan García Montero. Contra el Ayuntamiento de Membrilla (Ciudad Real), representado por el Procurador D Francisco Ponce Riaza y defendido por el Letrado D Luis Jesús de Juan Casero. Sobre Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Membrilla de 18 de febrero de 1998 por el que se desestima la solicitud de revisión de oficio del Acuerdo del pleno de 15 de febrero de 1990 por el que se decidió retirar al recurrente la dedicación exclusiva y la retribución económica que se derivaba de ello, así como frente al Decreto de la Alcaldía de fecha 18 de marzo de 1998 por el que se acuerda incoar expediente administrativo para exigir la devolución de 1.127.938 ptas por el concepto de retribuciones económicas y gastos de Seguridad Social percibidas por el recurrente durante los meses de febrero a Junio de 1990, así como el Acuerdo del pleno de 7 de mayo de 1998 por el que se resuelve el citado expediente y se concede al Concejal D Lázaro el plazo de un mes para que devuelva la cantidad de 1.127.931 ptas en concepto de retribuciones indebidas y los correspondientes gastos de cotización a la Seguridad Social; siendo Ponente el Iltmo. Señor D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO

Por la parte actora se interpuso en 16 de abril de 1998 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, que se amplió posteriormente en 26 de mayo de 1998 y admitido a trámite, se le entregó expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que con estimación del recurso se anulen los actos recurridos por contrarios a Derecho, dejándolos sin efecto, con imposición de costas a la parte demandada.

De la demanda se dio traslado a la representación procesal de la Administración demandada para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia por la que se acuerde su inadmisibilidad, y subsidiariamente la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

Recibido el proceso a prueba con el resultado que consta en autos quedaron las actuaciones pendientes de votación y fallo que se señaló en turno correspondiente, teniendo lugar efectivamente el día designado 15 de marzo de 2001.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

El presente recurso tiene su origen el Acuerdo del pleno del Ayuntamiento de Membrilla (Ciudad Real)

de 15 de febrero de 1990 por el que se decidió retirar al recurrente, entonces DIRECCION000 de dicho Ayuntamiento, la dedicación exclusiva y la retribución económica que se derivaba de ello a raíz de una moción presentada por diversos Concejales en sesión ordinaria celebrada en esa fecha que se debatió fuera del orden del día previa y especial declaración de urgencia acordada por unanimidad de todos los Concejales...

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