STSJ Galicia , 21 de Mayo de 2001

PonentePATRICIA FARALDO CABANA
ECLIES:TSJGAL:2001:4348
Número de Recurso7738/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO NUMERO: 03 /0007738 /1997 RECURRENTE: CONSTRUCCIONES MARIANO S. L. ADMON. DEMANDADA: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL PONENTE: D/ña. PATRICIA FARALDO CABANA EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sección Tercera) ha pronunciado la SENTENCIA NUMERO 412 / 2001 Iltmos. Sres:

D. FRANCISCO JAVIER AMORIN VIEITEZ, Presidente D. JUAN BAUTISTA QUINTAS RODRIGUEZ DA PATRICIA FARALDO CABANA En la Ciudad de A Coruña, veintiuno de mayo de dos Mil uno. En el proceso contencioso-administrativo que, con el número 03 /0007738 /1997, pende de resolución ante esta Sala, interpuesto por CONSTRUCCIONES MARIANO S. L., domiciliado en Rúa Nueva 27 - Boiro (A Coruña), representado y dirigido por el Letrado D/ña. JOSE GIL CORTON, contra Resolución de 10 -1 -97 desestimatoria de recurso de alzada contra otra de la Direc. Provinc de Trabajo y S. Social de A Coruña sobre acta de infracción nº 2461 /93; Expte nº 26799 /94.. Es parte la Administración demandada MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, representada por el D/ña. ABOGADO DEL ESTADO.

La cuantía del asunto es determinada en 501.000 ptas.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. D/ña. PATRICIA FARALDO CABANA

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y dado traslado de los autos a la parte actora para que se dedujera la demanda lo realizó por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, suplicó se dictase sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.

  2. - Conferido traslado a la parte demandada, solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de Derecho consignados en su escrito de contestación.

  3. - No habiéndose recibido el asunto a prueba, y seguido el trámite de conclusiones, se señaló para votación y Fallo el día 15 de Mayo de 2001, fecha en que tuvo lugar.

  4. - En la sustanción del recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
  1. - Se interpone recurso contencioso-administrativo contra la Resolución de la Dirección General de Ordenación de la seguridad Social de 10 -1 -97, desestimatoria de recurso de alzada contra otra de la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de A Coruña, que impone la sanción de 501.000 ptas por infracción del art. 15.1 de la Ley 8 /88, de 7 de abril, de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, consistente en dar ocupación como trabajador a beneficiario de pensiones y otras prestaciones periódicas de la Seguridad Social cuyo disfrute sea incompatible con el trabajo por cuenta ajena, cuando no se les haya dado de alta en la Seguridad Social.

  2. - De acuerdo con el Acta de Inspección, en visita de inspección de los Controladores Laborales de 7 -10 -93 al centro de trabajo de la empresa CONSTRUCCIONES MARIANO S. L., se encuentra allí trabajando, entre otros, a Mariano , que es pensionista a la vez de la legislación danesa y familiares con efectos de 1 -6 -88 y de la Mutualidad Laboral de la Construcción desde el 31 -12 -91, siendo ésta pensión por Invalidez al 55%, Incapacidad Permanente...

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