STSJ Cantabria , 20 de Marzo de 2001
Ponente | MARIA TERESA MARIJUAN ARIAS |
ECLI | ES:TSJCANT:2001:512 |
Número de Recurso | 20/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente:
Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña Maria Teresa Marijuan Arias Don José Luis Domínguez Garrido En la Ciudad de Santander, a 20 de marzo de 2001. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación número 20/01 interpuesto por la DIPUTACION REGIONAL DE CANTABRIA representada y defendida por el Letrado de sus Servicios Jurídicos y por DON Tomás en su propia representación y defensa contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Coentencioso-Administrativo nº1 de Santander , siendo parte apelada DOÑA Dolores .en su propia representación y defensa.Es ponente la Iltma. Sra. Doña Maria Teresa Marijuan Arias, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso de apelación se interpuso el día 21 de noviembre de 2000, contra la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº1 de Santander, dictado en fecha 24 de octubre de 2000 , que en su parte dispositiva establece que:"Estimo el presente recurso contencioso-administrativo, declarando no ser conforme a Derecho el acto recurrido, ordenando la admisión a trámite del recurso administrativo a fin de que por el Consejo de Gobierno de Cantabria se resuelva el fondo de la cuestión objeto del mismo. Sin costas."
Contra la referida Sentencia se interpuso recurso de apelación en fecha 21 de noviembre de 2000, al que se adhirió la parte codemandada mediante escrito de fecha 14 de diciembre de 2000,dandose traslado a efectos de poder formular su oposición a la parte recurrente, que formula escrito oponiendose a la apelación en fecha 29 de diciembre de 2000.
En fecha 2 de febrero de 20001 se dictó providencia elevando las actuaciones a esta Sala y no habiendose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalandose para la votación y fallo el día 8 de marzo de 2001, en que se deliberó, votó y falló.
Se debate en el presente proceso la conformidad a Derecho de la Sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº de Santander,de fecha 24 de octubre de 2000 que en su parte dispositiva establece que:"Estimo el...
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