STSJ País Vasco , 14 de Junio de 2000

PonenteMARIA BEGOÑA ORUE BASCONES
ECLIES:TSJPV:2000:3177
Número de Recurso103/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Junio de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 103/96 DE ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 556/00 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. JUAN LUIS IBARRA ROBLES.

MAGISTRADOS:

D. MARCIAL VIÑOLU PALOP.

Dª BEGOÑA ORUE BASCONES.

En la Villa de BILBAO, a catorce de junio de dos mil. La Sección Tercera. de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 103/96 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna:la resolución de 3 de Noviembre de 1995 del Ayuntamiento de San Sebastián por virtud del cual se desestiman las alegaciones formuladas por Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. el día 10 de Octubre del mismo año en relación con el requerimiento de pago de la fianza prestada por la actora en garantía de los trabajos a realizar por Construcciones Bersa S.A Son partes en dicho recurso: como recurrente FIANZAS Y CRÉDITO, S.A. COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS,representado por el Procurador ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS y dirigido por el Letrado D. JOSE ROURE BOADA.

Como demandada AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN , representado por el Procurador GERMÁN APALATEGUI CARASA y dirigido por el Letrado D. IBON NAVASCUÉS.

Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dña. BEGOÑA ORUE BASCONES.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 8 de enero de 1996 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. ALFONSO JOSE BARTAU ROJAS, actuando en nombre y representación de FINANZAS Y CREDITO, S.A.COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, interpuso recurso contencioso-administrativo contra la resolución de 3 de

Noviembre de 1995 de Ayuntamiento de San Sebastián por virtud del cual se desestiman las alegaciones formuladas por Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. el día 10 de Octubre del mismo año en relación con el requerimiento de pago de la fianza prestada por la actora en garantía de los trabajos a realizar por Construcciones Bersa S.A.; quedando registrado dicho recurso con el número 103/96.

La cuantía del presente recurso quedó fijada en 7.000.000 ptas.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que estimando las pretensiones de esta parte, deje sin efecto la resoución dictada por el Excmo. Ayuntamiento de San Sebastián, con fecha 3 de Noviembre de 1995 y dicte nueva resolución por la que se deje sin efecto el aval presetado por Fianzas y Crédito S.A. por importe de 7.000.000 pts. en garantía de los servicios contratados por Construccionees Bersa S.A. con el Excmo. Auto. de San Sebastián, y asimismo, se declare que las costas deben ser impuestas a la parte demandada.

TERCERO

En el escrito de contestación, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda, imponiendo a la parte demandante las costas del procedimiento.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las que obran en autos.

QUINTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas.

SEXTO

Por resolución de fecha 12.06.00 se señaló el pasado día 13.06.00 para la votación y fallo del presente recurso OCTAVO.- En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se impugna, a través de presente recurso contencioso-administrativo, la resolución de 3 de Noviembre de 1995 de Ayuntamiento de San Sebastián por virtud del cual se desestiman las alegaciones formuladas por Fianzas y Crédito, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A. el día 10 de Octubre del mismo año en relación con el requerimiento de pago de la fianza prestada por la actora en garantía de los trabajos a realizar por Construcciones Bersa S.A. La parte recurrente deduce pretensión anulatoria del acto administrativo recurrido y que, en reconocimiento de su situación jurídica individualizada, se dicte nueva resolución por la que se deje sin efecto el aval prestado por Fianzas y Crédito S.A. por importe de 7.000.000 pts. en garantía de los servicios contratados por Construcciones Bersa S.A. con el Ayuntamiento de San Sebastián.

Como fundamento de las pretensiones ejercitadas se aduce que el Ayuntamiento de San Sebastián, mediante Acuerdo Plenario de 30 de Julio de 1993, acordó adjudicar a Construciones Bersa S.A. el contrato para la prestación del Servicio de...

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