STSJ Canarias , 28 de Julio de 2005

PonenteJUAN JIMENEZ GARCIA
ECLIES:TSJICAN:2005:3257
Número de Recurso553/2005
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria , a 28 de Julio de 2005. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS formada por los Iltmos. Sres D./Dña. Eduardo Jesús Ramos Real Presidente, D./Dña. Francisco José Gómez Cáceres y D./Dña. Juan Jiménez García (Ponente) Magistrados, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por CCAA. De Canarias, Gesplan y Gestión De Planeamiento Territorial Y Medioambiental S.A. contra sentencia de fecha 31 de julio de 2001 dictada en los autos de juicio nº 688/1999 en proceso sobre DERECHOS , y entablado por D./Dña. Marcelina , contra COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL GOBIERNO DE CANARIAS (CONSEJERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE Y GESTIÓN DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIOAMBIENTAL, S.A.U (GESPLAN) .

El Ponente, el Iltmo./a Sr./a. D./Dña. Juan Jiménez García , quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente PRIMERO.- La actora, con DNI nº NUM000 viene prestando servicios para la entidad demandada GESPLAN en el Centro de Planificación Meioambiental de Tafira, con antigüedad de 17.3.1997, como Titulada Superior-Arquitecta, percibiendo el salario establecido en el Convenio Colectivo vigente del Personal Laboral de la Empresa Pública Gestión y Planeamiento Territorial y Medioambiental (GESPLAN)

SEGUNDO

La actora fue contratada inicialmente mediante contrato temporal de lanzamiento de nueva línea de producción, desde el 1.4.1997 al 30.4.1999; mediante un segundo contrato temporal por obra o servicio determinado, desde el 1.5.199; y finalmente su relación se transformo en indefinida en fecha 11.5.1999.

TERCERO

Por Decreto del Gobierno de Canarias de 18-10-1991 se constituyó la Empresa Pública PLANEAMIENTOS INSULARES DE CANARIAS, Sociedad Anónima Unipersonal, que se elevó a escritura pública el 19-1-1991. Dicha sociedad cambió su nombre por el de GESTiÓN DE PLANEAMIENTOS DE CANARIAS, S.A. por escritura pública de 2-9-1992, y por escritura pública de 14-4-1999 volvió a modificar su nombre por el de GESTiÓN y PLANEAMIENTO TERRITORIAL y MEDIOAMBIENTAL, S.A.- GESPLAN.

En esta misma fecha y en a través del documento público que consta en autos modificó su objeto social, que fue nuevamente modificado por escritura de 11- 7- 2000, Y que se da por reproducido.

CUARTO

GESPLAN y la Consejería de Política Territorial y de Medio Ambiente del Gobieno de Canarias suscribieron Convenios Marco para la encomienda de funciones de la segunda a la primera en fechas 22-1-1992, 1-4-1998 Y 12-9-2000, que constan en autos y se dan por reproducidos.

QUINTO

GESPLAN, que tiene unos 300 trabajadores en la Comunidad Autónoma, y su domicilio social en la C/ Luis Doreste Silva de Las Palmas de Gran Canaria, donde radican los Departamentos de Obras, Planeamientos y estructuras administrativas, realiza trabajos tanto para el Gobierno de Canarias como para los. Cabildos Insulares y Ayuntamientos de las Islas Canarias.

SEXTO

La actora desde el inicio de su relación laboral viene trabajando, primero en el Vivero y después en el Centro CEPLAN de Tafira, dependiente de la Comunidad Autónoma, recibe las instrucciones directamente de los Jefes de Servicio de la Consejería Territorial y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias para dicho centro, utiliza los transportes y las tarjetas identificadoras de la Consejería, compartiendo y distribuyendo su trabajo con personal perteneciente a dicha Consejería y a Gesplan, en su mismo horario, siendo el Jefe de Servicio de la Consejería el que directamente establece sus planes, tareas y métodos de trabajo, sin recibir instrucción alguna propia del personal de GESPLAN, si bien, a partir de la interposición de la primera demanda por los trabajadores de GESPLAN sometidos a este régimen, en marzo de 2000, se estableció por esta empresa un Coordinador que autoriza al Jefe de Servicio correspondiente de la Consejería demandada las instrucciones que imparte al actor.

SÉPTIMO

El actor solicita se le reconozca como trabajador fijo o subsidiariamente indefinido de la Comunidad Autónoma demandada desde el inicio de su relación laboral o, subsidiariamente se declare que se ha producido una cesión ilegal de trabajadores, con las consecuencias inherentes a tal declaración.

OCTAVO

El actor interpuso la preceptiva reclamación previa en fecha 3-8-1999 y papeleta de conciliación en fecha 5-8-1999.

SEGUNDO

La parte dispositiva de la Sentencia de instancia dice: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por DOÑA Marcelina frente al GOBIERNO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS- CONSEJERíA DE...

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