STSJ Castilla-La Mancha , 7 de Septiembre de 2005

PonenteMARIA DEL CARMEN PIQUERAS PIQUERAS
ECLIES:TSJCLM:2005:2535
Número de Recurso575/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 7 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL ALBACETE SENTENCIA: 01093/2005 Recurso nº 575/04.- Ponente: Srª. Piqueras.

Fallo: 7-7-05.- Iltmo. Sr. D. Pedro Librán Sáinz de Baranda Presidente Iltmo. Sr. D. Jesús Rentero Jover Iltma. Srª. Dª. María del Carmen Piqueras Piqueras

En Albacete, 7 de septiembre de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen, y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 1.093 En el Recurso de Suplicación número 575/04, interpuesto por Leonardo , contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, de fecha 5 de diciembre de 2.003, en los autos número 641/03 , sobre Fijeza Laboral, siendo recurrida TRANSFORMACION AGRARIA, S.A. Es Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Dª. María del Carmen Piqueras Piqueras.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la Sentencia recurrida dice en su parte dispositiva: "

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por D. Leonardo contra la empresa Transformación Agraria, S.L. en reclamación por derecho debo absolver y absuelvo a la parte demandada de la pretensión instada".

SEGUNDO

Que, en dicha Sentencia se declaran probados los siguientes Hechos:

PRIMERO

D. Leonardo ha prestado servicios para la empresa Transformación Agraria Sociedad Anónima en adelante TRAGSA en virtud de los siguientes contratos: Contrato de trabajo de duración determinada celebrado al amparo del artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores según redacción dada por el Real Decreto-Ley 8/97 de 16 de mayo en la modalidad de obra o servicio determinado con fecha 1.7.1997, siendo su objeto asistencia técnica para el funcionamiento de veintiún puestos de vigilancia contra incendios forestales. Obra n° 47175. Vigilancia para la lucha contra incendios. Campaña 1997.

El contrato finalizó el día 30 de septiembre de 1997.

Contrato de trabajo de duración determinada celebrado al amparo del articulo. 15 del Estatuto de los Trabajadores según ," redacción dada por la Ley 63/97 de 26 de diciembre en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 1.07.1998 siendo su objeto asistencia técnica para el funcionamiento de veintiún puestos de vigilancia contra incendios forestales en la comarca de pastos (Ciudad Real) . Obra n° 48235. Vigilancia para la lucha contra incendios. Campaña 1998.

El contrato finalizo con fecha 30.09.1998.

Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo celebrado al amparo del articulo 15 del Estatuto de los Trabajadores en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 01.07.1999 siendo su objeto funcionamiento de veintiún puestos de vigilancia fija contra incendios forestales. Ciudad Real. Obra n° 49255. Vigilancia para la lucha contra incendios. Campaña 1999.

El contrato finalizó el 30 de septiembre de 1999.

Contrato idéntico al anterior celebrado con fecha 1.07.2000 siendo su objeto asistencia técnica para el funcionamiento de veintidós puestos de vigilancia contra incendios forestales. Obra n° 40265. Vigilancia de incendios forestales campaña 2000.

El contrato finalizó el 30 de septiembre de 2000. Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 22 de junio de 2001 siendo. su objeto funcionamiento de 22 puestos de vigilancia de incendios y 3 operadores de emisora para la prevención y lucha contra incendios forestales durante las campañas de 2001- 2002 y 2003. Obra n°

41288. Siendo promotor la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Consejería de Agricultura. Para la vigilancia de incendios forestales. Campaña incendios 2001. El contrato finalizó con fecha 1.10.2001. Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 6 de junio de 2002 siendo su objeto funcionamiento de 22 puesto de vigilancia de incendios, tres operadores de emisora en bases aéreas. Obra n° 42158 por encargo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Para los trabajos de vigilancia de incendios forestales en la campaña 2002.

El contrato finalizó el 19 de septiembre de 2002. Contrato de trabajo de duración determinada a tiempo completo en la modalidad de obra o servicio determinado celebrado con fecha 12 de junio de 2003 siendo su objeto funcionamiento de 22 puestos de vigilancia de incendios y tres operadores de emisora en bases aéreas. Obra n° 0643203 por encargo de la JJ.CC. de Castilla-La Mancha para trabajos propios de su categoría según Convenio Incendios Forestales campaña 2003.

El trabajador presento escrito a la empresa solicitando excedencia voluntaria de manera excepcional según recoge el artículo 32 del Convenio propio de la especialidad a partir del día 22 de junio de 2003.

Asimismo presento escrito solicitando ocupar el puesto de emisorista de aeródromo en la campaña de incendios 2003.

Con esa misma fecha celebro contrato de trabajo de duración determinada en la modalidad de obra o servicio determinado siendo su objeto el mismo del contrato anterior ostentando la categoría profesional de emisorista de aeródromo.

Dicho contrato finalizo con fecha 24 de septiembre de 2003.

SEGUNDO

Consta acreditado que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha desde el año 1997 viene encargando a la empresa TRAGSA la contratación de obras y servicios relativos al desarrollo de la Campaña contra Incendios Forestales Regional (retenes terrestres, patrullaje móvil, vehículos autobomba, programa de formación para los equipos humanos de extinción etc.) en las cinco provincias de la Comunidad Autónoma.

En cada uno de los encargos realizados consta tanto la denominación como el importe y la partida presupuestaria a la que será imputado.

TERCERO

La empresa TRAGSA tiene el siguiente objeto social:

  1. La realización de todo tipo de actuaciones, obras trabajos y prestación de servicios agrícolas, ganaderos, forestales de desarrollo rural, de conservación y protección del medio natural y medioambiental de acuicultura y de pesca, así como los necesarios para el mejor uso y gestión de los recursos naturales.

  2. La elaboración de estudios, planes, proyectos y cualquier tipo de consultoría y de asistencia técnica y formativa en materia agraria, forestal, de desarrollo rural, de protección y mejora del medio ambiente, de acuicultura y pesca y de conservación de la naturaleza así como para el uso y gestión de los recursos naturales.

  3. La actividad agrícola, ganadera, forestal y de acuicultura y la comercialización de sus productos la administración y la gestión de fincas, montes, centros agrarios, forestales, medioambientales o de conservación de la naturaleza así como de espacios y de recursos naturales.

  4. La promoción, desarrollo y adaptación de nuevas técnicas, equipos y sistemas de carácter agrario, forestal, medioambiental, de acuicultura y pesca, de protección de la naturaleza y para el uso sostenible de sus recursos.

  5. La fabricación y comercialización de bienes muebles del mismo carácter.

  6. La prevención y lucha contra las plagas y enfermedades vegetales y animales y contra los incendios forestales, así como la realización de obras y tareas de apoyo técnico de carácter urgente o de emergencia.

  7. La financiación de la construcción o de la explotación de infraestructuras agrarias, medio ambientales y de equipamientos de núcleos rurales, así como la constitución de sociedades y la participación en otras ya constituidas, que tengan fines relacionados con el objeto social de la empresa.

  8. La realización a instancia de terceros, de actuaciones, trabajos, asistencias técnicas, consultorías y prestación de servicios en los ámbitos rural, agrario, forestal y medioambiental, dentro o fuera del territorio nacional, directamente o a través de sus filiales.

CUARTO

En virtud de Orden de 26 de enero de 2.001 se dispone la integración de la sociedad estatal Empresa de Transformación Agraria Sociedad Anónima y sus filiales en los dispositivos y planes estatales de protección civil.

QUINTO

Con fecha 30.9.2003 se celebró acto de conciliación en reclamación de derecho que finalizó sin efecto.

TERCERO

Que, en tiempo y forma, por la parte demandante, se formuló Recurso de Suplicación contra la anterior Sentencia, en base a los motivos que en el mismo constan.

Dicho Recurso fue impugnado de contrario.

Elevadas las actuaciones a este Tribunal, se dispuso el pase al Ponente para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación letrada del actor interpone el presente recurso contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 3 de Ciudad Real, desestimatoria de la demanda por aquel formulada contra la empresa TRAGSA mediante la que pretendía la declaración de trabajador fijo discontinuo de la empresa demandada, y subsidiariamente la condición de trabajador a tiempo parcial en cómputo anual. Articula el recurso a través de un único motivo, al amparo del apartado c) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , por infracción de normas sustantivas, concretamente, por inaplicación de los artículos 16, 17, 18 y 22 del Convenio Colectivo para el personal de las empresas adjudicatarias de los servicios contra incendios forestales, servicio sectorial de la Comunidad Autónoma de...

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