STSJ Extremadura , 7 de Noviembre de 2000

ECLIES:TSJEXT:2000:2214
Número de Recurso1655/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Noviembre de 2000
EmisorSala de lo Contencioso

La Sección de Refuerzo de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extramadura constituida por la Iltma. Sra. Magistrada del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 1575 DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA En Cáceres a siete de noviembre de dos mil.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1655 de 1997, promovido por el Procurador D. Joaquín Floriano Suarez, en nombre y representación del recurrente DON Jose Francisco , como DIRECCION000 de la Unión Territorial de CSI-CSIF de Extramadura, siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representada y defendida por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico; recurso que versa sobre: Resolución de fecha 4 de junio de 1.997 del Consejo Económico y Social de Extremadura por la cual se desestimó a la recurrente Unión Territorial de CSI-CSIF Extremadura su petición de formar parte del mencionado órgano administrativo y poder designar, al menos, un miembro en su representación.- Cuantía.- Indeterminada.-

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma.- CUARTO En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso administrativo la Resolución de fecha 4 de junio de 1.997 del Consejo Económico y Social de Extremadura por la cual se desestimó a la recurrente Unión Territorial de CSI-CSIF Extremadura su petición de formar parte del mencionado órgano administrativo y poder designar, al menos, un miembro en su representación.

La pretensión deducida por el actor, previamente instada ante el orden jurisdiccional social (que se declaró incompetente...

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