STSJ Comunidad de Madrid 1815/2001, 14 de Noviembre de 2001
Ponente | Dª. MARIA JESUS VEGAS TORRES |
ECLI | ES:TSJM:2001:14670 |
Número de Recurso | 1300/1996 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1815/2001 |
Fecha de Resolución | 14 de Noviembre de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
D. ALFREDO ROLDAN HERRERODª. CLARA MARTINEZ DE CAREAGA GARCIADª. MARIA FATIMA ARANA AZPITARTED. FERNANDO DE MATEO MENENDEZD. JOSE DANIEL SANZ HEREDERODª. MARIA JESUS VEGAS TORRES
YRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN PRIMERA
Recurso núm 1.300/96.
S E N T E N C I A NÚM. 1.815
Ilmos. Sres.
Presidente:
Don Alfredo Roldán Herrero
Magistrados
Doña Clara Martínez de Careaga y García
Doña Fátima Arana Azpitarte
Don Fernando de Mateo Menéndez
Don José Daniel Sanz Heredero
Doña María Jesús Vegas Torres
En la Villa de Madrid, 14 de noviembre de 2001.
Vistos por la Sala, constituida por los Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 1.300/96, interpuesto por la procuradora sra. De Guinea Ruenes en nombre y representación del BANCO DE ESPAÑA, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 26 de julio de 1995 por la que se desestima la Reclamación Económico Administrativa n°5754/93 entablada por el Banco de España, contra la Providencia de Apremio de 12 de febrero de 1993 dictada por el Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Delegación de Madrid, sobre certificación de descubierto de liquidación n° 28- 9310044625 W por sanción de tráfico n° 28.904.370.615-6, Matricula D-....-D, por importe de 60.000 pesetas. Ha sido parte demandada EL TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE MADRID, representado y defendido por el Abogado del Estado.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito presentado, en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia por la que se declare la nulidad de la providencia de apremio de fecha 2 de febrero de 1993 y de la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 26 de julio de 1995, y se declare que el Banco de España no era titular, ni propietario ni conductor habitual del vehículo Furgoneta Mercedes Benz, matrícula D-....-D, ni la responsable en consecuencia de la infracción que se le imputa.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho del acto administrativo impugnado.
No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 12 de noviembre del presente año, fecha en que tuvo lugar.
Siendo PONENTE la Magistrada Ilma. Sra. Dª. María Jesús Vegas Torres.
Se impugna en el presente recurso contencioso- administrativo la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 26 de julio de 1995 por la que se desestima la Reclamación Económico Administrativa n°5754/93 entablada por el Banco de España, contra la Providencia de...
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