STSJ Canarias , 14 de Junio de 2001

PonenteMARIA DEL CARMEN SANCHEZ-PARODI PASCUA
ECLIES:TSJICAN:2001:2311
Número de Recurso215/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución14 de Junio de 2001
EmisorSala de lo Social

Recurso 215-2001 RECURSO NUMERO: 215-2001 PRESIDENTE:

ILTMO.SR.DON.JOSE MARIA DEL CAMPO Y CULLEN.

ILTMO.SR.DON.JOSE MANUEL CELADA ALONSO.

ILTMA. SRA. Dª Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

En Santa Cruz de Tenerife, a catorce de junio de dos mil uno. La Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife.

EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 215-2001, interpuesto por Don Jaime y otros, frente a la Sentencia del Juzgado de lo Social núm. Cuatro en los Autos R.- 965- 989/98 en reclamación sobre derecho fundamental de tutela judicial efectiva, ha sido Ponente la ILTMA. SRA. DOÑA Mª DEL CARMEN SANCHEZ PARODI PASCUA.

ANTECEDENTES DE HECHO

S PRIMERO.- Que según consta en Autos, se presentó demanda por Don Jaime y otros, en reclamación sobre derecho fundamental de tutela judicial efectiva, siendo demandado Iberia Líneas Aéreas de España, Ineuropa Handling y Aena y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día l8 enero 2001, por el Juzgado de referencia, con carácter desestimatoria.

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: "1º.- Jaime prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l9 de enero del 87, con la categoría profesional de técnico de mantenimiento met nivel 6, en el Aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No había sido cedido en abril del 96.- 2.- Rafael prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l de junio del 79, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares en el aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos en abril del 96.- 3.- Lorenzo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 27 del l0 del 86, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares, en el Aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98 No era de los 37 cedidos en abril del 96. 4.- Gustavo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.a. desde el 28 del l0 del 85, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos en abril del 96.5.-

Eugenio prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 28 del l0 del 85, en el Aeropuerto Tenerife. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos en abril del 96. 6.- Darío prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 28 del l0 del 85, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares, en el Aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos. 7.- Bruno prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 28 del l0 del 85, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los cedidos en abril del 96. 8.- Antonio prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 9 del l0 del 72, con la categoría profesional de agente administrativo, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98, no era de los 37 cedidos en abril del 96. 9.- Adolfo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l del ll del 87, con la categoría profesional de administrativo, en el Aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos.

l0. Pedro Francisco prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 29 del l0 del 84, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares, en el Aeropuerto Tenerife Norte. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37. ll. Juan Manuel prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.a desde el l del ll del 87, con la categoría profesional de agente de administrativo, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98, no era de los 37 cedidos. l2. Luis Pablo prestaba su servicios laborales para Iberia Lae desde el 29 del l0 del 70, con la categoría profesional administrativo, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos en abril del 96. l3. Luis Francisco prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 21 del 8 del 79, con la categoría profesional de técnico met, en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37 cedidos. l4. Luis Alberto prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l del ll del 87, con la categoría profesional de agente administrativo en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37. l5.- Domingo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l del ll del 87, con la categoría profesional de administrativo en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No fue cedido en abril del 96. l6. Juan Antonio prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 27 del l0 del 85, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares en el Aeropuerto Tenerife Norte.

Fue subrogado el 6 del ll del 98 no era de los 37 subrogados en abril del 96. l7. Juan Pablo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 29 de junio de l979, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. No era de los 37. l8.

Teresa prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el ll de abril de l988, con la categoría profesional de Administrativo nivel 6 en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98.

Anteriormente fue también subrogada en abril del 96. l9 Baltasar prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 28 del l0 del 85, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares en el Aeropuerto. Fue subrogado el 6 del ll del 98, no fue cedido en marzo del 96. 20. Cesar prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el ll de julio de l988, con la categoría profesional de técnico de mantenimiento en el Aeropuerto. Fue subrogado el 6 del ll del 98. Fue cedido en abril del 96. 21. Luz prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l de abril de l988, con la categoría profesional de agente administrativo en el Aeropuerto Tenerife Sur. Fue subrogado el 6 del ll del 98. Fue cedida en abril del 96. 22. Felipe prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el 23 del 2 de l988, con la categoría profesional de agente administrativo en el Aeropuerto. Fue subrogado el 6 del ll del 98, había sido cedido en el 96. 23. Carmen prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.A. desde el l del ll del 87, con la categoría profesional de agente administrativo en el Aeropuerto. Fue subrogado el 6 del ll del 98.

Había sido cedido en el 96. 24. Íñigo prestaba sus servicios laborales para Iberia Lae S.a. desde el 28 del l0 del 86, con la categoría profesional de agente de servicios auxiliares en el Aeropuerto. Fue subrogado el 6 del ll del 98. Había sido cedida en el 96. 25. El 5 de noviembre de l997 cada uno de ellos recibe comunicación de la empresa por medio de la cual se le notificaba que pasaba a prestar sus servicios profesionales para Ineuropa a partir de 6 del ll del 98, El tenor de la comunicación era el siguiente "Como consecuencia del cumplimiento de la sentencia autos 372 del 96 ejecución numero l36 del 98 y al objeto de regularizar el 30 por ciento contemplado en la cláusula l6 del pliego de cláusula de explotación se le comunica a Vd. que a partir del 6 del ll del 98 pasará a prestar servicios por cuenta y dependencia de Ineuropa, cubiertas MZOV Entrecanales y Tavora, Ineuropa, y Apto de Frankfurt, Unión Temporal de empresas, Ley l8/l982, la cual se subroga en los derechos y obligaciones que hasta la referida fecha tenía con Iberia, en este sentido deberá Ud. contactar con Ineuropa cuya dirección figura al pie de este escrito, de quien recibirá Vd. documento confirmándole todos estos extremos, de todo ello, cumplimentando lo establecido en el art. 44 del ET. se ha dado previo conocimiento al Comite de Centro. 26. Al día siguiente Ineuropa Handling le notificó comunicación del siguiente tenor literal, Ineuropa Handling es adjudicataria del concurso Aena para la prestación del servicio de asistencia en tierra a las aeronaves y pasajeros Handling de pasajeros y rampa en los aeropuertos Tenerife. El pliego de cláusulas de explotación regulador del citado concurso establece la subrogación por parte del segundo concesionario, Ineuropa Handling en la relación laboral de algunos trabajadores del primer concesionario Iberia Lae S.A. Por ello en virtud de lo dispuesto en el mencionado pliego le ofrecemos pasar a quedar adscrito a esta UTE subrogándose esta en los derechos y obligaciones de su actual relación laboral con Iberia S.A. La subrogación tendrá efectos el día 6

de noviembre de l998 a partir de los cuales prestara Vd. servicio para Ineuropa Handling. Sírvase firmar el presente en prueba de su conformidad, haciendo entrega del mismo en nuestras oficinas del aeropuerto. 27.

En el mes de mayo de l994, el Ente Público Aena, adjudico a la empresa "I. handling UTE", la concesión de los servicios de rampa y pasajeros en el Aeropuerto Tenerife, momento en el cual aquella pasa a competir en régimen de competencia con Iberia, que hasta entonces lo venia haciendo en régimen de monopolio.

Aena en el pliego de condiciones establecía en su cláusula l6. "Personal del concesionario. La entrada de un...

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