STSJ Castilla y León 2588, 8 de Mayo de 2006

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJCL:2006:2588
Número de Recurso646/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2588
Fecha de Resolución 8 de Mayo de 2006
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 00646/2006 Rec. Núm: 646 /2006 Ilmos. Sres:

Dª Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. Emilio Alvarez Anllo D.Rafael Antonio López Parada En Valladolid, a ocho de Mayo de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid compuesta por los Ilmos.Sres anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación Número 646 de 2006 interpuesto por Maribel , contra la sentencia del Juzgado de lo Social de León Número Tres de fecha 16 enero (autos nº807/05) dictada a virtud de demanda promovida por referido actor, contra JUNTA DE CASTILLA Y LEON, CONSEJERIA DE PRESIDENCIA.. sobre RECLAMACION DE DERECHO (GASTOS), ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 14 de noviembre de 2005 se presentó en el Juzgado de lo Social de León Número Tres, demanda formulada por la parte actora en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Interpuesto recurso de suplicación contra la sentencia dictada y como hechos probados constan los siguientes:"

  1. - La actora presta sus servicios como Personal Subalterno, para la Junta de Castilla y León, con un salario mensual según Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y Organismos Autónomos dependientes de ésta.

  2. - La actora en la actualidad es representante de los trabajadores, encontrándose en la situación de liberada sindical, y ostentando el cargo de Secretaria General de la Sección Sindical, de CC.OO de la Junta de Castilla y león y Organismos Autónomos dependientes de esta, en la provincia de León.

  3. - El pacto PARA EL DESARROLLO DE LA ACCIÓN Sindical De los Comités de empresa, Juntas de personal y de las secciones Sindicales, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad de Castilla y león y Organismos Autónomos dependientes de esta , en el Capítulo Primero, se dispone:

    Los Comités de Empresa y Juntas de Personal dispondrán de un Local adecuado dotado de los medios necesarios para el desarrollo de sus funciones. La dotación comprenderá una mesa de reunión, ordenador, uso de teléfono, utilización de fotocopiadora y material de oficina suficiente.

  4. - La actora, Dª Maribel , solicita en su demanda que se condene a reconocer a la demandada, su derecho a que corra con los gastos de correpodencia y franqueo de las cartas de dicho organismo en atención al pacto antes referido, por entender la actora que dichos gastos deben incluirse...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR