STSJ Murcia 962/2004, 20 de Septiembre de 2004

PonenteJOSÉ LUIS ALONSO SARUA
ECLIES:TSJMU:2004:1515
Número de Recurso856/2004
Número de Resolución962/2004
Fecha de Resolución20 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Social

D. JOSÉ LUIS ALONSO SARUAD. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZD. MANUEL RODRIGUEZ GOMEZ

T.S.J.MURCIA SALA SOCIAL

MURCIA

SENTENCIA: 00962/2004

ROLLO Nº: RSU 856/2004

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA

En MURCIA, a veinte de septiembre del dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. JOAQUIN ANGEL DE DOMINGO MARTINEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GOMEZ, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente:

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por MAGAR SERVICIOS PERSONALIZADOS, S.L., contra la sentencia número 170/04 del Juzgado de lo Social número Cinco de Murcia, de fecha 10 de mayo del 2004, dictada en proceso número 148/04, sobre CONTRATO DE TRABAJO, y entablado por D. Carlos Jesús frente MAGAR SERVICIOS PERSONALIZADOS, S.L..

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS ALONSO SAURA, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figura declarados los siguientes hechos probados: " PRIMERO .- El demandante D. Carlos Jesús con nº de pasaporte NUM000 , de nacionalidad ucraniana, ha prestado sus servicios laborales para la empresa Magar Servicios Personalizados S.L., domiciliada en Murcia y dedicada al serviciode portería y consejería y control de accesos a inmuebles, con una antigüedad desde el día 10 de octubre de 2003, y con la categoría de controlador. No ocupando cargo sindical ni representativo. SEGUNDO .- Las partes celebraron un contrato de trabajo de duración determinada, eventual por circunstancias de la producción, a tiempo parcial, y luego completo, para prestar los servicios como portero-controlador, con la categoría de conserje, y con una retribución según convenio. TERCERO .- El actor, durante el tiempo en el que prestó sus servicios para la empresa, trabajó como vigilante en un edificio en construcción en Aguilas, en los restaurantes del recinto ferial de Totana, y en los jardines existentes en los alrededores del edificio ferial de Yecla. CUARTO .- El día 13 de febrero de 2004 causó baja en la empresa por decisión unilateral, lo que comunicó por escrito a la empresa. QUINTO .- Durante el tiempo en que el actor ha prestado sus servicios para la empresa ha percibidoen concepto de salario base, gratificaciones extraordinarias, parte proporcional de paga de Navidad y de beneficios las cantidades siguientes: 193'74 euros, 102'37 euros, 25'59 euros, 325'70 euros, 697'95 euros, 148'90 euros, 37'23 euros. Sumandoun total de 1.535'48 euros. También entregó la empresa con fecha 17 de febrero de 2004 un pagaré al actor que fue impagado por importe de 1.350'49 euros. SEXTO .- Se celebró sin avenencia el día 1 de marzo de 2004 el preceptivo acto de conciliación. "; y el fallo fue del tenor literal siguiente: " Estimar parcialmente la demanda promovida por D. Carlos Jesús , con nº de identificación NUM000 , y en consecuencia, procede condenar a la empresa Magar Servicios Personalizados S.L. al pago dela cantidad de 4.584'50 ¤, más 229 ¤ de interés por mora. Dedúzcase testimonio de la demanda y sentencia de los presentes autos y pagaré y comunicación del Banco de Valencia y remítase con atento oficio al Inspector de Trabajo de Murcia .".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por el Letrado D. FRANCISCO LOZANO LOZANO, en representación de la parte demandada, sin impugnación de contrario.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

FUNDAMENTO PRIMERO .- El actor, D. Carlos Jesús , presentó demanda, solicitando: "Que teniendo por presentado este escrito con sus copias y documentos, se sirva admitirlo, tenga por formulada demanda en reclamación de cantidad, contra la empresa MAGAR SERVICIOS PERSONALIZADOS, S.L., con el domicilio antes indicado y, previos los tramites legales mande dictar a las partes para la celebración de los actos de Conciliación y Juicio, dictando en su día sentencia por la que estimando la demanda en su totalidad condene al demandado a que le abone la cantidad de 6.119,99 euros, mas el 10% por mora en el pago por los conceptos antes...

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