STSJ Castilla y León , 9 de Marzo de 2001

PonenteJOSE MARIA LAGO MONTERO
ECLIES:TSJCL:2001:1390
Número de Recurso3393/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso n° 3393/1.997 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA N° 475 ILTMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DON EZEQUÍAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS:

DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTÍNEZ DON JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO En Valladolid, a nueve de marzo de dos mil uno Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

Resolución del Ayuntamiento de Salamanca, de fecha 24 de julio de 1.997, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto por D. Raúl , en nombre y representación de URBADYC, así como la petición de suspensión del procedimiento recaudatorio en relación con las cuotas adeudadas en concepto de Impuesto de Bienes Inmuebles, referencia de registro, n° 6274, de fecha 24 de julio de 1.997; n° de orden: 5434/96 E. Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: URBADYC, representado por el Procurador Sr. Alfredo Stampa Braun, y bajo la dirección letrada del Sr Tejedor Gallego.

Como demandado: Excmo. Ayuntamiento de Salamanca, representado por la Procuradora Sra. Carmen Guilarte Gutiérrez, y, bajo dirección letrada.

Ha sido Ponente el Ilmo.. Sr. Magistrado DON JOSÉ MARÍA LAGO MONTERO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que se declare la nulidad de la referida resolución, así como la nulidad de las liquidaciones tributarias giradas por el concepto del I.B.I., ejercicio de 1.996 Por OTROSI, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimatoria de la demanda y ratifique el acto impugnado.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Presentados escritos de conclusiones, se señaló para votación y Fallo del presente recurso el día -.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso resolución...

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