STSJ Murcia , 31 de Enero de 2004

PonenteABEL ANGEL SAEZ DOMENECH
ECLIES:TSJMU:2004:203
Número de Recurso376/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº. 376/01 SENTENCIA nº. 59/04 LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente D. Mariano Espinosa de Rueda Jover D. Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº. 59/04 En Murcia a treinta y uno de enero de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso administrativo nº. 376/01, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía de 55.201 ptas., y referido a: providencia de apremio dictada para el cobro en vía ejecutiva de una sanción de tráfico.

Parte demandante:

AUTOCARES RÍOS, S.A., representado por el Procurador D. Juan Antonio Salmerón Buitrago y dirigida por el Abogado D. Pedro Ruiz Nicolás.

Parte demandada:

LA ADMINISTRACIÓN CIVIL DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 30 de octubre de 2000 desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº. 30/65/00 formulada frente al acuerdo de la Dependencia de Recaudación de la AEAT, Delegación Especial de Murcia, que desestima el recurso de reposición presentado contra la certificación de descubierto providenciada de apremio nº.

K1610199059836664, levantada para el cobro en vía ejecutiva de una multa de tráfico de 46.001 ptas., más 29.200 ptas. de recargo de apremio, impuesta en el expediente sancionador de la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia 30-004.758.050-2.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que estimando sus pretensiones declare la nulidad del apremio efectuado a la actora por la Agencia Tributaria ordenando en su caso la devolución de las cantidades indebidamente embargadas a la actora y con expresa imposición de las costas del presente procedimiento.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Abel Ángel Sáez Doménech, quien expresa el parecer de la Sala.

I-

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 21-2-01, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en autos y cuya valoración se hará en los fundamentos jurídicos de la presente resolución.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 30-1-04.

II-

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de 30 de octubre de 2000 desestimatoria de la reclamación económico administrativa nº. 30/65/00 formulada frente al acuerdo de la Dependencia de Recaudación de la AEAT, Delegación Especial de Murcia, que desestima el recurso de reposición presentado contra la certificación de descubierto providenciada de apremio nº. K1610199059836664, levantada para el cobro en vía ejecutiva de una multa de tráfico de 46.001 ptas., más 29.200 ptas. de recargo de apremio, impuesta en el expediente sancionador de la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia 30-004.758.050-2.

La actora aduce en apoyo de su pretensión que todos los intentos de notificación se han hecho en un domicilio incorrecto de la provincia de Alicante (tanto del inicio del expediente sancionador, como de la resolución que le puso término aquí apremiada) y ello pese a que existía constancia de...

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