STSJ Comunidad Valenciana 141, 10 de Enero de 2006

PonenteVICTOR JOSE BARRACHINA JUAN
ECLIES:TSJCV:2006:141
Número de Recurso3391/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución141
Fecha de Resolución10 de Enero de 2006
EmisorSala de lo Social

3 Recurso contra Sentencia núm. 3391/05 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Vicente Cots Díaz Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora En Valencia, a diez de enero de dos mil seis.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 54/2006 En el Recurso de Suplicación núm. 3391/05, interpuesto contra la sentencia de fecha 8 de junio de 2005 , dictada por el Juzgado de lo Social núm. 8 de Valencia, en los autos núm.

1112/04 , seguidos sobre recargo por falta de medidas de seguridad, a instancia de la empresa Securitas Direct España S.A.U., asistida por el Letrado D. Félix Bermejo Esteban, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y D. Juan Ramón , asistido por el Letrado D. José E. Benito Catalá, y en los que es recurrente la parte codemandada D. Juan Ramón , habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 8 de junio de 2005 , dice en su parte dispositiva: "

FALLO

"Que estimando la demanda deducida por la empresa SECURITAS DIRECT ESPAÑA S.A.U. contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y D. Juan Ramón , debo revocar la resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social de fecha 12 de enero de 2004 confirmada por la de fecha (registro de salida) 27 de octubre de 2004 por la que se declaraba la existencia de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad y se imponía un recargo del treinta por ciento y debo condenar a las partes demandadas a estar y pasar por esta declaración".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- La mercantil demandada SECURITAS DIRECT ESPAÑA SAU dedica su actividad económica a la "instalación de alarmas", con número de cuenta de cotización a la Seguridad Social 46/109163905. El trabajador codemandado D. Juan Ramón

, nacido el 17 de mayo de 1975, con DNI nº NUM000 , venía prestando servicios para la empresa codemandada como revisor de sistemas, con antigüedad desde el 10 de junio de 2002 en virtud de la suscripción de un contrato de trabajo a tiempo completo. El día 20 de agosto de 2002 el Sr. Juan Ramón sufrió un accidente de trabajo, calificado como leve, cuando se encontraba en el centro de trabajo de la empresa. SEGUNDO.- El accidente se produjo, como hemos señalado, el día 20 de agosto de 2002 sobre las 15 horas cuando el Sr. Juan Ramón se encontraba junto a su compañero don Jose Daniel realizando el trabajo de sustitución en el sistema de alarma de la empresa GUITARRAS GUISAMA SL sita en la carretera de Picanya s/n de Torrente cliente de la empresa SECURITAS DIRECT ESPAÑA SA. El accidente se produjo cuando encontrándose el seños Juan Ramón subido a una escalera metálica a fin de realizar las tareas de sustitución/reparación de la alarma instalada, que el fin de semana anterior habían roto quienes intentaban robar en la empresa, sufrió una descarga eléctrica de 280 voltios al intentar retirar el trasformador de la caja de alarma. Antes de ocurrir el accidente el trabajador le pidió al Gerente de la empresa GUITARRAS GUISAMA SL D. Eugenio que desconectara la luz, dando este a un interruptor y apagándose parcialmente las luces. Si el diferencial de la corriente eléctrica que llega a la alarma se desconecta adecuadamente y no llega corriente a la misma no se puede producir una descarga de 280 voltios. La alarma cuenta con una batería de 16 voltios que no puede producir una descarga como la indicada. Con anterioridad a subir el actor a la escalera lo había hecho el Sr. Jose Daniel que además toco el transformador sin que sufriera ningún incidente. A resultas del siniestro el Sr. Juan Ramón quedó agarrado a la escalera...

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