STSJ Comunidad Valenciana 7427, 25 de Octubre de 2005

PonenteINMACULADA CONCEPCION LINARES BOSCH
ECLIES:TSJCV:2005:7427
Número de Recurso2589/2005
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución7427
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2005
EmisorSala de lo Social

5 Rec.c/sent.nº 2589/2005 Recurso contra Sentencia núm. 2589/2005 Ilmo. Sr. D. Victor José Barrachina Juan Presidente Ilmo. Sr. D. Antonio Martínez Zamora Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch En Valencia, a veinticinco de octubre de dos mil cinco.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 3412/2005 En el Recurso de Suplicación núm. 2589/2005, interpuesto contra la sentencia de fecha 27 de Septiembre de 2004, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Uno de Valencia, en los autos núm. 17557/03 , seguidos sobre Recargo faltas medidas, a instancia de Art Llorens S.L, asistida por el Letrado D. Francisco Javier de Haedo Navarro, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Salvador , asistido del Letrado D. Alejandro Requena Fuente y Eurocontratas Valencia, S.L, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilma. Sra. Dª Inmaculada Linares Bosch

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 27 de Septiembre de 2004 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda interpuesta por Art Llorens, S.L contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Salvador , asi como contra Eurocontratas Valencia S.L, que no compareció, debo absolver y absuelvo a los demandados de las peticiones contenidas en el suplico de la demanda".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- El demandado Salvador , mayor de edad, ha sido alta en alta en Seguridad Social Régimen General, con número de afiliación a la Seguridad Social NUM000 , viniendo realizando tareas de oficial de primera para la mercantil actora, sufriendo un accidente laboral en fecha 25-1-02, en razón del cual el mismo ha sido baja por IT en el periodo de 25-1-02 a 3-3-03, habiendo percibido 9.602,77 euros como prestación en el citado periodo sobre una base diaria de 31,85 euros, siendo posteriormente declarado afecto a una incapacidad permanente total para su profesión habitual sobre una base reguladora de 958,63 euros con efectos de 3-3-03. SEGUNDO.- En razón del accidente se inicio expediente de responsabilidad empresarial por falta de medidas de seguridad e higiene declarando en resolución de fecha 25-6-03 la existencia de tal responsabilidad, determinando un incremento del 30% de las prestaciones derivadas del accidente de trabajo con cargo a la empresa, y presentada reclamación administrativa previa en fecha

30-7-03, la misma fue desestimada en resolución de 3-11-03 agotando la vía administrativa previa.

TERCERO

Deduce demanda la parte actora para que se declare la inexistencia de responsabilidad empresarial en el accidente objeto de autos, sin discutir la realidad de los hechos declarados probados con anterioridad. CUARTO.- La empresa Art Llorens S.L se decida a la instalación de estructuras metálicas, y en tal actividad se le había subcontratado por aparte de la mercantil Eurocontratas Valencia S.L. los trabajos de instalación de techos desmontables en la obra referida como construcción de 16 unifamiliares "Villas Adriana" parcela 50-65 de la Urbanización Mas Camarena de Valencia. El trabajador se encontraba colocando en el séptimo unifamiliar una estructura soporte en la terraza de la misma, teniendo instalado en el patio de la vivienda. Desde la planta baja un andamio tubular de tres módulos, con un total de 9 metros de altura, sin escalerilla interior. Desde el andamio el trabajador colocaba la estructura llevando a efecto labores de soldadura, momento en el cual se le cayo la pinza porta electrodo que quedó enganchado en el mismo andamio, intentando librar la misma estirando desde su posición, no lográndolo. Ante ello procedió a bajar por las escaleras interiores de la...

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