STSJ Cataluña , 16 de Octubre de 2003

PonenteMANUEL TABOAS BENTANACHS
ECLIES:TSJCAT:2003:10148
Número de Recurso186/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución16 de Octubre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA ROLLO Nº: 186/2003 APELANTE : Ariadna Y Isidro C/ AYUNTAMIENTO DE BARBERA DEL VALLES S E N T E N C I A Nº 746 Ilustrísimos Señores :

MAGISTRADOS D. JOSÉ JUANOLA SOLER.

D. MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

D. FRANCISCO LÓPEZ VÁZQUEZ.

BARCELONA, a dieciséis de octubre de dos mil tres.

Visto por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el recurso de apelación nº 186/2003, seguido a instancia de Doña Ariadna y Don Isidro , representados por la Procuradora Doña CRISTINA RUIZ SANTILLANA, contra el AYUNTAMIENTO DE BARBERA DEL VALLES, representado por el Letrado Don JOSE ANTONIO MARTINEZ MARTINEZ, sobre Urbanismo.

En la tramitación de los presentes autos se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo Sr. Magistrado Don MANUEL TÁBOAS BENTANACHS.

ANTECEDENTES DE HECHO
  1. - Ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona nº 11 y en los autos 44/2002, se dictó Sentencia nº 64, de 11 de abril de 2003, cuya parte dispositiva en la parte menester estableció

    "DESESTIMAR el presente Recurso Ordinario nº 44/02-A, interpuesto por Dª Ariadna y D. Isidro , a través de la representación y defensa especificada al inicio de la presente, contra la actuación administrativa a la que se hace referencia en los antecedentes de hecho de esta resolución, y en su consecuencia: Primero:

    declarar conforme y ajustada a Derecho la actuación administrativa recurrida. Segundo: No hacer expresa imposición de las costas causadas en el presente recurso."

  2. - En la vía del recurso de apelación, recibidas las actuaciones correspondientes y habiendo comparecido la parte apelante finalmente se señaló día y hora para votación y fallo, que ha tenido lugar el día 16 de octubre de 2003, a la hora prevista.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El 23 de noviembre de 2001 el Teniente de Alcalde delegado de Urbanismo, Infraestructuras y Actividades del Ayuntamiento de Barberá del Vallés dictó Resolución por virtud de la que, en esencia, se desestimó el recurso de reposición formulado contra la anterior Resolución de 17 de julio de 2001 que, en expediente de restauración de la legalidad urbanística se ordenó la suspensión de todo acto de uso derivado de las obras de techado (aproximadamente 3.50 x 7.50) de la terraza posterior de la vivienda sita en la CALLE000 NUM000 . NUM001 ejecutadas sin licencia y se requería de legalización o de restauración del orden jurídico infringido y de la realidad alterada o transformada como consecuencia de la actuación ilegal con apercibimiento de demolición y de impedirse definitivamente los usos a que diere lugar caso de no solicitarse la legalización o si la licencia fuese denegada.

Formulado recurso contencioso administrativo contra esos actos recayó la Sentencia apelada que desestimó el recurso contencioso administrativo.

SEGUNDO

La tesis de la parte apelante, contradicha por la parte apelada, se residencia sustancialmente en el error en la valoración de la prueba -en cuanto dirigida a la denominada zona derecha de la terraza- y en efectuar diversas alegaciones también de prescripción -dirigidas a la denominada zona izquierda de la terraza-lavadero-. En todo caso, debe darse por reproducido el Auto firme de 25 de julio de 2003, por no recurrido, recaído en el presente rollo en materia de desestimación de prueba en esta alzada.

TERCERO

Pues bien, el detenido estudio de lo actuado, a la luz de las alegaciones contradictorias formuladas por las partes contendientes, muestra que las tesis y motivos de impugnación de la parte apelante no pueden prosperar por las siguientes razones:

  1. - Efectivamente nos hallamos ante un procedimiento en materia urbanística en el que especialmente se incluyen medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística para aquellos hechos tan desconsiderados como la realización de actuaciones de construcción o edificación sin la previa obtención de licencia de obras y que finalmente...

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