STSJ Comunidad de Madrid 613/2007, 28 de Septiembre de 2007

PonenteGUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL
ECLIES:TSJM:2007:13003
Número de Recurso448/2007
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución613/2007
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J. MADRID CON/AD SEC.3

MADRID

SENTENCIA: 10613/2007

Apelación nº 448/2.007

Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal

Parte apelante: Lda. Dª. Mª Esperanza Muñoz Pérez

Parte apelada: Abogado del Estado

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

_____________

SENTENCIA NÚM. 613.

ILTMO. SR. PRESIDENTE:

D. Gustavo Lescure Ceñal

ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

D. Juan Ignacio Pérez Alférez

Dª. Pilar Maldonado Muñoz

En Madrid, a veintiocho de Septiembre del año dos mil siete.

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Visto el recurso de apelación núm. 448/07 interpuesto por la Abogada Dª. Mª Esperanza Muñoz Pérez contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 27 de Madrid de fecha 30 de Mayo de 2.007 que acuerda la inadmisión y archivo del recurso contencioso nº 310/07 respecto de resolución de la Dirección General de la Policía sobre extranjería afectante a Dª. Concepción ; habiendo sido parte apelada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO representada por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La referida representación procesal de la parte impugnante formuló recurso de apelación frente a la resolución judicial reseñada, solicitando la revocación de la misma, y siguiéndose por el correspondiente Juzgado de lo Contencioso- Administrativo los trámites procedimentales previstos en los artículos 80.3 y 85 y siguientes de la Ley Jurisdiccional 29/1.998.

SEGUNDO

Recibidas en esta Sala las actuaciones y documentaciones correspondientes al recurso de apelación, y efectuados los trámites que constan en los autos, se señaló fecha para la votación y fallo del recurso de apelación, que tuvo lugar el día 28 de Septiembre del 2.007.

Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso de apelación versa sobre el Auto dictado el 30 de Mayo de 2.007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 27 de Madrid que acuerda la inadmisión y archivo del recurso contencioso nº 310/07 contra resolución de la Dirección General de la Policía sobre extranjería referida a la ciudadana venezolana Dª. Concepción, por falta de subsanación del defecto de representación procesal.

Esta Sala comparte la decisión de inadmisión y archivo del Juzgado, cuyo Auto apela la parte letrada, por las razones que a continuación se exponen.

El artículo 32 de la Ley 30/1.992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se refiere a la representación en vía administrativa y a su forma de acreditación en la misma, pero ni el precepto ni la representación concedida o ejercitada en aquella sede son extensibles sin más al proceso judicial, ya que en éste se exige que la representación se otorgue mediante un acto expreso de declaración de voluntad, a través de un poder notarial o mediante comparecencia ante el secretario judicial del órgano jurisdiccional que haya de conocer del asunto, conforme dispone el artículo 24.1 de la Ley 1/2.000, de 7 de Enero, de Enjuiciamiento Civil, referido al apoderamiento del procurador pero que debe de entenderse aplicable a los demás supuestos en que la representación procesal se confiere, en lugar del al procurador, a otro profesional, resultando absurdo que para otorgar la representación a personas distintas de los procuradores se exigieran menores garantías que las exigidas por la Ley para conferirla a éstos últimos cuando son los...

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