STSJ Andalucía , 5 de Marzo de 2001
Ponente | RAFAEL PUYA JIMENEZ |
ECLI | ES:TSJAND:2001:2793 |
Número de Recurso | 593/1997 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 5 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SECCIÓN PRIMERA RECURSO 593/97 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SENTENCIA NÚM. 122 DE 2.001 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Ilmo. Sr. Presidente:
D. Rafael Puya Jiménez Ilmos. Sres. Magistrados D. Juan Manuel Cívico García D. Federico Amador Castillo Blanco
En la ciudad de Granada, a cinco de marzo de dos mil uno. Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 593/1997 seguido a instancia de D. Rodrigo , que comparece representado por sí mismo, siendo parte demandada el AYUNTAMIENTO DE ALBOX (ALMERÍA), en cuya representación y defensa interviene el Procurador D. José Gabriel García Lirola. La cuantía del recurso es indeterminada.
Interpuesto recurso contencioso-administrativo, se admitió a trámite el mismo y se acordó reclamar el expediente administrativo, que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala se dicte en su día sentencia por la que estimando en su totalidad las legítimas pretensiones de esa parte, y estimando el Recurso Contencioso-Administrativo frente al Acuerdo de la Comisión de Gobierno del Excmo. Ayuntamiento de Albox, Almería, en sesión extraordinaria, de fecha 19 de diciembre de 1996, acordando facultar al Alcalde para el nombramiento de D. Carlos Manuel como Cabo Jefe accidental de la Policía Local en comisión de servicio, con duración máxima de un año prorrogable por otro, así como también contra la Resolución de la Alcaldía del mismo Ayuntamiento de fecha 27 de diciembre de 1996, resolviendo el nombramiento para el que fue facultado por el anteriormente citado Acuerdo de la Comisión de Gobierno; asimismo contara el cese tácito del recurrente como Cabo Jefe de la Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Albox;
declarando la nulidad de los actos administrativos y reponiendo al recurrente en su puesto de Cabo Jefe.
En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada se opuso a las pretensiones del actor, y tras exponer cuantos hechos y fundamentos de derecho consideró de aplicación, solicitó se dicte sentencia desestimando todas las pretensiones formuladas en la demanda considerando las Resoluciones tanto de 22 de Noviembre de 1996, como la de 19 de Diciembre de 1996 de la Comisión de Gobierno y posterior Resolución de la Alcaldía de fecha 27 de Diciembre de 1996, ajustadas a Derecho.
Acordado el recibimiento a prueba por plazo de treinta días comunes a las partes para proponer y practicar, en dicho período se practicaron aquellas pruebas que propuestas en tiempo y forma por las partes, la Sala admitió y declaró pertinentes, incorporándose las mismas a los autos con el resultado que en estos consta.
Declarado concluso el período de prueba y al no solicitar las partes la celebración de vista pública, ni estimarse necesario por la Sala, se acordó pasar los autos al Ilmo. Sr. Magistrado Ponente, para dictar la resolución procedente. Se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día y hora señalado en autos, en que efectivamente tuvo lugar, habiéndose observado las prescripciones legales en la tramitación del recurso.
Visto, habiendo actuado como Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. Don Rafael Puya Jiménez.
Se impugna mediante el presente recurso contencioso administrativo, el acuerdo de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento de Albox (Almería) en sesión extraordinaria de fecha 19 de Diciembre de 1996, por la que se acordó facultar al Alcalde para el nombramiento de D. Carlos Manuel como Cabo Jefe Accidental de la Policía Local, en comisión de servicios, con duración máxima de un año, así como también...
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