STSJ Comunidad de Madrid , 23 de Septiembre de 2003
Ponente | JOSE FELIX MARTIN CORREDERA |
ECLI | ES:TSJM:2003:12874 |
Número de Recurso | 521/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Septiembre de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.1 MADRID SENTENCIA: 01108/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 521/2002 ORDINARIO SENTENCIA NUMERO 1.108 PRESIDENTE Don Alfredo Roldán Herrero.
MAGISTRADOS Doña Clara Martínez de Careaga y García.
Doña Francisca Rosas Carrión.
Doña María Jesús Vegas Torres.
Don José Félix Martín Corredera.
Don Francisco Javier Sancho Cuesta En la Villa de Madrid, a veintitres de septiembre de dos mil tres.
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 521/2002 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Moralzaral de 25 de abril de 1996 por el que se aprobó el proyecto de encauzamiento de arroyos en la ladera de las Suertes y de declaración de utilidad pública y urgente ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras.
Son partes en dicho recurso: como recurrente doña Laura , representada por el procurador don Carlos Ibáñez de la Cadiniere y dirigida por el Letrado don Luis Martí Mingarro.
Como demandado: el Excmo. Ayuntamiento de Moralzarzal, representado y dirigido por el letrado don Antonio Miana Ortega.
Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó solicitando que se dictara sentencia estimatoria del recurso anulando los actos impugnados en el presente recurso.
Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó mediante el correspondiente escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, solicitando la desestimación del recurso, y que se declarara la plena adecuación a derecho de los actos administrativos impugnados.
Mediante Auto se acordó el recibimiento del recurso a prueba, llevándose a la practica las pruebas propuestas por las partes declaradas pertinentes, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública se confirió traslado a las partes por término de quince días para la formulación de conclusiones y, tras la presentación de los oportunos escritos, se señaló para votación y Fallo el día 18 de septiembre de 2003, fecha en que tuvo lugar.
Ha sido ponente el magistrado don José Félix Martín Corredera, quien expresa el parecer de la Sala.
Es objeto de este recurso contencioso administrativo el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Moralzaral de 25 de abril de 1996 por el que se aprobó el proyecto de encauzamiento de arroyos en la ladera de las Suertes y de declaración de utilidad pública y urgente ocupación de los terrenos necesarios para la ejecución de las obras. PRIMEROPRIMEROPRIMERO Expuestos sintéticamente, los motivos impugnatorios aducidos en el recurso: en primer lugar, la falta de audiencia o previa puesta de manifiesto a la recurrente del expediente...
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