STSJ Castilla-La Mancha , 24 de Noviembre de 2004

PonenteVICENTE MANUEL ROUCO RODRIGUEZ
ECLIES:TSJCLM:2004:2925
Número de Recurso359/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2 ALBACETE SENTENCIA: 00575/2004 .

Recurso núm. 359 de 2001 TOLEDO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente Manuel Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª. Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete a veinticuatro de Noviembre de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 359 de 2001 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de DOÑA María Virtudes , representada por el Procurador Don Luis Legorburo Martínez, y dirigida por la Letrada Dª Sara Muñiz Buendía. Contra el TEAR de Castilla-La Mancha , que ha estado representado y dirigido por el Iltmo Sr. Abogado del Estado. Sobre resolución desestimatoria de reclamación económico administrativa interpuesta frente a Resoluciones sobre imposición de sanción por infracción tributaria en relación con liquidación provisional derivada de autoliquidación por el IRPF del ejercicio de 1995; siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado Don Vicente Manuel Rouco Rodríguez, Presidente de Sala; y

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la parte actora se interpuso en 10 de mayo de 2001 recurso contencioso administrativo frente a los actos administrativos aludidos en el encabezamiento de la presente, y admitido a trámite, y anunciada su interposición en el Boletín Oficial correspondiente, se le entregó el expediente administrativo recibido para que formalizara la demanda, lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó con la suplica literal de sentencia por la que se anule la Resolución recurrida y se declare no haber lugar a la Resolución sancionadora dictada.

Segundo

De la demanda se dio traslado al Sr. Abogado del Estado para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia que acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados.

Tercero

Sin necesidad de recibimiento a prueba, las partes reiteraron sus pretensiones en trámite de conclusiones, quedando las actuaciones pendientes de votación y fallo, que se señaló en turno correspondiente, teniendo lugar efectivamente el día designado, 26 de octubre de 2004.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero

En el presente recurso se impugna la Resolución del TEAR de Castilla-La Mancha desestimatoria de las reclamaciones nº 45-2312-99 y 1231-00 acumuladas interpuestas frente a Resoluciones de la Agencia Tributaria en Toledo por las que se impuso una sanción por infracción tributaria grave en relación con la conducta derivada de haber dejado de ingresar cuota tributaria descubierta con motivo de liquidación provisional por el IRPF de 1995 y se le exigió el 30 % de la reducción de la sanción aplicado por conformidad al haber interpuesto reclamación frente a la citada liquidación provisional.

Segundo

Debemos recordar que la liquidación provisional que motiva la infracción apreciada deriva en concreto de la negativa de la Administración Tributaria a admitir las cantidades deducidas por la actora en su autoliquidación por el IRPF de 1995 en concepto de vivienda habitual, girando liquidación provisional complementaria que dio igualmente a reclamación económico-administrativa y posteriormente frente a la Resolución desestimatoria de la misma a recurso contencioso- administrativo que se siguió en esta Sala que dictó Sentencia de fecha 17 de octubre de 2002 desestimatoria del...

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