STSJ Navarra , 24 de Enero de 2001

PonenteJOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ
ECLIES:TSJNA:2001:133
Número de Recurso73/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Enero de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

S E N T E N C I A DE A P E L A C I O N º

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE, D. JUAN A. FERNANDEZ FERNANDEZ MAGISTRADOS, D.FRANCISCO JAVIER PUEYO CALLEJA D. JOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ En Pamplona a veinticuatro de enero de dos mil uno. Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra constituida por los Ilustrísimos Señores Magistrados expresados, en grado de apelación, el presente rollo nº

73/00, correspondiente a los autos procedentes del Juzgado de lo Contencioso- Administrativo nº 3 de Pamplona en el recurso contencioso-administrativo de procedimiento abreviado nº 19/00 interpuesto contra sentencia desestimatoria, y siendo partes como apelante D. Salvador representado por la Procuradora Sra. Arbizu, y como apelado el Ayuntamiento de Pamplona representado por el Procurador Sr. Laspiur y dirigido por el Letrado Sr. Saez Leclercq venimos en resolver en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 3 de los de Pamplona, se dictó la sentencia nº 95, de 25 de mayo de 2000, desestimando el recurso contencioso- administrativo interpuesto por D. Salvador , parte actora en este procedimiento, frente a resolución de Alcaldía del Ayuntamiento de Pamplona, de 10-6-99, por la que se aprobó convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida, de seis plazas de Técnico Administrativo (B.O.N. nº 101, de 13-8-99).

SEGUNDO

Disconforme con aquella desestimación, el Sr. Salvador acude a esta vía jurisdiccional e interpone el presente recurso de apelación, solicitando en el suplico de su demanda que se revoque la sentencia apelada y se declare nulo el inciso "de ingreso en la función publica", del artículo 16 de la Ordenanza reguladora de la utilización y del fomento del vascuence en el ámbito del Ayuntamiento de Pamplona, anulándose la resolución de 11-10-99, de Alcaldía, confirmatoria en reposición de la convocatoria para cubrir las plazas antes señaladas y que se declare que en la convocatoria debe valorarse el conocimiento del euskera.

El Ayuntamiento demandado se opone a las pretensiones de la parte actora y solicita la desestimación del recurso, con expresa imposición de costas a la parte apelante.

TERCERO

Por Providencia de 2 de noviembre de 2000 se acordó la presentación de conclusiones, cosa que hacen ambas partes mediante sendos escritos en los que se ratifican en sus iniciales pretensiones y por Providencia de 22 de diciembre de 2000 se señaló, para votación y fallo, el día 22 de enero de 2001.

Es ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS RIUDAVETS GONZALEZ, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se recurre la convocatoria para la provisión, mediante oposición restringida, de seis plazas de Técnico Administrativo del...

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