STSJ Comunidad de Madrid , 14 de Marzo de 2001

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJM:2001:3562
Número de Recurso1258/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 1258/98 PROCURADOR SR: MARTIN JAUREGUIBEITA TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA S E N T E N C I A núm 378 Ilmos. Sres.

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo Dª. Mª Antonia de la Peña Ellas D. Santos Gandarillas Martos En la villa de Madrid, a catorce de marzo de dos mil uno. VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 1258/98, interpuesto por el Procurador D. José Luis Martín Jaureguibeitia, en representación de la COMPAÑÍA LOGÍSTICA DE HIDROCARBUROS CLH, S.A., contra la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 24 de abril de 1998, que desestimó la reclamación deducida contra cuatro providencias de apremio correspondientes a deudas tributarias por Impuestos Especiales; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia por la que se anulen los actos impugnados, con imposición de costas a la parte demandada.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso interpuesto.

TERCERO

Evacuado el trámite de conclusiones, para votación y Fallo del presente recurso se señaló la audiencia del día 13 de marzo de 2001, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 24 de abril de 1998, que desestimó la reclamación deducida contra cuatro providencias de apremio correspondientes a deudas tributarias por Impuestos Especiales, por importes de 607.290, 538.500, 25.600 y 9.200 pesetas, respectivamente.

La parte actora impugna las providencias de apremio, cuyos importes corresponden exclusivamente al recargo del 20 por 100, argumentando que procedió al pago de las deudas tributarias una vez transcurrido el plazo voluntario pero antes de recibir la notificación de las aludidas providencias, que sólo surten efecto a partir de dicha notificación por faltar hasta entonces el título necesario para despachar la ejecución, por...

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