STSJ Andalucía , 12 de Diciembre de 2002
Ponente | JOSE MANUEL BORRERO ALVAREZ |
ECLI | ES:TSJAND:2002:17435 |
Número de Recurso | 954/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 12 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA Sala en Sevilla de lo Contencioso- Administrativo Sección Tercera Recurso Núm 954/1999 SENTENCIA NUM. Ilmo. Sr Presidente D. Rafael Osuna Ostos Ilmos. Sres Magistrados:
D. Ruperto Martínez Morales D. José Manuel Borrero Alvarez En Sevilla, a doce de diciembre del dos mil dos. La Sala en Sevilla de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, ha visto el recurso núm. 954/1999, interpuesto por D. Pablo , representado por el Procurador D. Jose María Romero Díaz y defendido por el Letrado D. Juan Carlos Aguirre Sánchez contra resolución del TEARA, representada y defendida por el Abogado del estado. La cuantía es de 61.853 pesetas. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. José Manuel Borrero Alvarez.
El recurso se interpuso el día 26 de julio de 1999, contra la resolución de 28 de abril de 1999, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, por la que se desestima la reclamación formulada por el recurrente, contra el acuerdo dictado dictada por la AEAT-Dependencia de Recaudación sobre la providencia de apremio dimanante de la certificación de descubierto acreditativa de la liquidación NUM000 , por un importe total de 61.853 pesetas.
En el escrito de demanda la parte recurrente solicitó que se dictara sentencia por la que anule la resolución recurrida, por ser contraria a Derecho.
En el escrito de contestación a la demanda, la Administración se opuso a las pretensiones de la parte recurrente, y pidió se dicte sentencia en la que se desestime íntegramente la demanda.
Se señaló para votación y fallo el día 12 de diciembre del 2002, en el que, efectivamente, se ha votado y fallado.
Es objeto de este recurso la impugnación de la resolución de 28 de abril de 1999, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Andalucía, por la que se desestima la reclamación formulada por el recurrente, contra el acuerdo dictado dictada por la AEAT-Dependencia de Recaudación sobre la providencia de apremio dimanante de la certificación de descubierto acreditativa de la liquidación NUM000 , por un importe total de 61.853 pesetas.
Como fundamento básico de su demanda, se alega por la parte recurrente que...
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