STSJ Comunidad Valenciana , 29 de Abril de 2002

PonenteANTONIO MARQUEZ BOLUFER
ECLIES:TSJCV:2002:4657
Número de Recurso2867/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia a 29 de abril de 2002.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. D.JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D.EDILBERTO NARBON LAINEZ, y D.ANTONIO MARQUEZ BOLUFER, Magistrados han pronunciado la siguiente:

SENTENCIA 757/2002 En el recurso contencioso Administrativo n° 2867 / 1998, interpuesto por Dª. Verónica , representada y defendida por el Abogado D.Jose Francisco Domenech Garcia, contra la desestimación tácita por silencio administrativo del recurso dirigido al Ayuntamiento de Valencia, contra la providencia de apremio recaída en expediente ejecutivo 52.547 - 2, y embargo de cantidades en la cuenta corriente bancaria de la demandante para el cobro del importe de las multas impuestas en aplicación de la Ordenanza conocida como O.R.A., por suma de 48.218 ptas.

Siendo parte demandada, el Excmo. Ayuntamiento de Valencia, representado y defendido por su Abogado.

Y Magistrado ponente, el Ilmno.Sr.D.ANTONIO MARQUEZ BOLUFER.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguido por los trámites legales, se emplazó al demandante para que formulase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que solicitaba se declarase la nulidad de la providencia de apremio recurrida y diligencias de embargo complementarias, con devolución de la cantidad embargada en su cuenta corriente bancaria..

SEGUNDO

Por la parte demandada, se contestó a la demanda mediante escrito donde solicitaba se declarase la conformidad a derecho de los actos administrativos impugnados.

TERCERO

No habiéndose recibido a prueba los autos, se emplazo a las partes al tramite de conclusiones previsto en el articulo 78 de la Ley de esta Jurisdicción, y cumplido el mismo, quedaron los autos pendientes de votación y fallo, señalándose a tal efecto el día 24 de Abril de 2002.

CUARTO

En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Contra la providencia de apremio que recurre la demandante en este proceso, opone la falta de notificación de las resoluciones recaídas con motivo de denuncias efectuadas por aplicación de la ordenanza municipal conocida como O.R.A., alegando que no tuvo conocimiento de las mismas hasta que le fue embargado un importe en su cuenta bancaria, en ejecución de tales denuncias y las multas consiguientes.

Ha quedado probado que la demandante dirigió un recurso contra la providencia de apremio y embargos practicados en ejecución de la misma, así como, la falta de contestación por parte del Ayuntamiento a la petición de nulidad instada frente a tales actos administrativos.

Ante tal actitud de omisión, se dirigió la demandante de nuevo al Ayuntamiento, en 27 de Mayo de 1998, solicitando la expedición de certificación de acto presunto y, ante la falta de expedición de ese documento, acabó interponiendo el presente recurso contencioso administrativo.

SEGUNDO

La demandante opone como motivo para instar la nulidad de la providencia de apremio dictada, en este caso, por el Ayuntamiento de Valencia, como se ha dicho, la omisión de las notificaciones de las resoluciones que imponían...

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