STSJ Extremadura , 29 de Septiembre de 2005

PonenteELENA CONCEPCION MENDEZ CANSECO
ECLIES:TSJEXT:2005:1284
Número de Recurso1292/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Septiembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00760/2005 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 760 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS En Cáceres a veintinueve de Septiembre de dos mil cinco.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1292 de 2003, promovido por la Procuradora Sra. Muñoz García, en nombre y representación de DON Bruno Y DON Marcelino , siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representado por el Sr. Letrado de su Gabinete Jurídico; recurso que versa sobre: Contra resolución de 2.7.2003 por Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, desestimando recurso de alzada interpuesto por D. Bruno contra resolución de la Dirección General de política agraria comunitaria denegando solicitud de autorización de plantación de viñedos".- C U A N T I A: Indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO: Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO: En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO.-

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

Se somete a la consideración de la Sala la legalidad de la Resolución de fecha 2 de julio de 2.003, de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Extremadura, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la del Director General de Política Agraria Comunitaria por la que se desestima la solicitud formulada por la hoy actora de concesión de derechos de nuevas plantaciones de viñedos. En la Resolución de la Dirección general dictada respecto del actor Bruno , se desestimó por "incumplimiento del trámite de subsanación" y en la del otro actor Marcelino , por caducidad del derecho de replantación nº 2630. Entienden los recurrentes que tal Resolución no es ajustada a Derecho e insta la revocación de la misma. La defensa de la Administración demandada insta la desestimación íntegra del recurso.

SEGUNDO

Del examen del expediente resulta que el mismo se inicia por una petición formulada con feha 20 de...

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