STSJ Canarias , 23 de Septiembre de 2002

PonenteANTONIO GIRALDA BRITO
ECLIES:TSJICAN:2002:2516
Número de Recurso293/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución23 de Septiembre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS.

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO.

SANTA CRUZ DE TENERIFE.

S E N T E N C I A Nº 888.

RECURSO Nº 293/00.

ILMOS.SRES.

PRESIDENTE:

D. Antonio Giralda Brito.

MAGISTRADOS:

D. Angel Acevedo y Campos.

D. Luis Miguel Blanco Domínguez.

En Santa Cruz de Tenerife, a veintitrés de Septiembre de dos mil dos. VISTO por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de esta Capital, integrada por los Sres.

Magistrados antes expresados, el presente recurso nº 293/00, tramitado por el procedimiento ordinario, que regula la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, seguido a instancia de la demandante <>, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, siendo Administración demandada <>, en situación procesal de rebeldía, versando sobre Impugnación Presupuesto General para el año 2000, de cuantía indeterminada, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado DON Antonio Giralda Brito, ha dictado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ayuntamiento de Granadilla por Acuerdo de 23 de Diciembre de 1999 aprobó el Presupuesto General para el año 2000.

SEGUNDO

Por la representación de la parte demandante, antes mencionada, se interpuso recurso contencioso-administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia, por la que estimando el presente recurso contencioso administrativo, anule el acuerdo plenario del Ayuntamiento de Granadilla de Abona, de fecha 23 de diciembre de 1999, en lo que se refiere al incremento retributivo superior al 2% de las partidas correspondientes al Personal Eventual de Gabinetes-Personal de Confianza.

TERCERO

La Administración demandada no contestó a la demanda, teniéndosele por desistida a contestar la misma y declarándole en situación procesal de rebeldía,

CUARTO

Practicada la prueba propuesta, se acordó en sustitución de la vista el trámite de conclusiones que fue evacuado por las partes.

QUINTO

Señalado día y hora para la votación y fallo, tuvo lugar la reunión del Tribunal en el designado al efecto.

SEXTO

Aparecen observadas las formalidades de tramitación.

Vistos los preceptos legales citados por las partes y los que son de general aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone el presente recurso, contra el Acuerdo del Ayuntamiento de Granadilla de fecha 23 del mes de Diciembre de 1999 por el que se aprobó el Presupuesto General de dicha Corporación para el año 2000. Constituyendo el motivo del recurso en que el Acuerdo referido vulnera la Ley 4/99 de 29 de Diciembre de Presupuestos Generales del Estado para 1999. La Corporación recurrida se encuentra en la situación procesal de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR