STSJ Cataluña , 10 de Mayo de 2004

PonenteENRIQUE GARCIA PONS
ECLIES:TSJCAT:2004:5897
Número de Recurso403/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 403/2000 SENTENCIA Nº 669/2004 Ilmos. Sres.:

Presidente:

DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados:

DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DON ENRIQUE GARCÍA PONS En la Ciudad de Barcelona, a diez de mayo de dos mil cuatro.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente Sentencia en el recurso contencioso- administrativo arriba referenciado, interpuesto por FECSA-ENHER I, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Angel Montero Brusell y asistida por el Letrado D. Francisco de A. Sol Ordis, contra el DEPARTAMENT D'INDÚSTRIA, COMERÇ I TURISME DE LA GENERALITAT, representado y asistido por la Lletrada de la Generalitat. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. ENRIQUE GARCÍA PONS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la Resolución del Conseller del Departament d'Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat, de fecha 6 de abril de 2000.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de la resolución objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.

CUARTO

En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso contencioso- administrativo la impugnación ejercitada contra la Resolución del Conseller del Departament d'Indústria, Comerç i Turisme de la Generalitat, de fecha 6 de abril de 2000, por la que se acordó desestimar el recurso ordinario interpuesto por la parte actora contra la Resolución del Director General d'Energia i Mines, de fecha 4 de mayo de 1999, por la que, en parte bastante, se resolvió: "Primer.- Sancionar l'empresa FECSA com a responsable d'una infracció greu, amb una multa de 400.000 pessetes (2404,05 euros), en aplicació de l' article 9.1 en relació amb el 10.2 i 11.1 b) de la Llei 13/1987, de 9 de juliol , de seguretat de les instal.lacions industrials, per l'incumpliment que es descriu a l'antecedent 1r. que es dóna per reproduït."

El incumplimiento descrito en el antecedente primero indicado es del tenor literal siguiente: "

No corregir en el termini de correcció de 3 mesos indicat per l'inspector el defecte major trobat en sis punts de la línia aèria de 25 kV Sallent-Puig-reig, derivació a Gaià, consistent en suport de fusta podrit o trencat, segons consta en el corresponent certificat de revisió periòdica feta segons el Decret 191/1993, de 13 de juliol , estès amb el núm. YBN479, de la inspecció realitzada el 18.06.96 per l'enginyer tècnic Sr. Josep Renalias Angla i amb assabentament, de data 24.1.97, per part del DIRECCION000 de...

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