STSJ Murcia , 19 de Noviembre de 2001

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2001:3110
Número de Recurso1001/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2001
EmisorSala de lo Social

1 TRIB.SUPERIOR JUSTICIA SALA SOCIAL MURCIA SENTENCIA: 01662/2001 ROLLO Nº: RSU 01001/2001 40129 SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MURCIA En la ciudad de Murcia, a diecinueve de Noviembre de dos mil uno. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Murcia formada por el Iltmo. Sr. Presidente D. FRANCISCO MARTÍNEZ MUÑOZ, y los Iltmos. Sres. Magistrados, D. RUBÉN ANTONIO JIMÉNEZ FERNÁNDEZ y D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente:

SENTENCIA En el recurso de suplicación interpuesto por doña Inés , contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Murcia, de fecha 9 de mayo de 2001, dictada en proceso número 75/2001, sobre viudedad y orfandad, y entablado por doña Inés frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente: "1º) La actora doña Inés , nacida el 20 de junio de 1937, con DNI número NUM000 , solicitó el 25 de sepgiembre del 2000 las pensiones de viudedad y orfandad como consecuencia del fallecimiento de su esposo don Juan Ignacio , acaecido el 8 de septiembre del 2000, con quien tuvo un hijo, Roberto , nacido el 11 de junio de 1983, prestaciones que le fueron denegadas por resolución de 16 de octubre de 2000 en razón de no reunir el causante la carencia exigida de 500 días cotizados en los últimos 5 años anteriores al fallecimiento. 2º) Contra la anterior resolución formuló la actora reclamación previa en vía administrativa, que fue desestimada por resolución expresa de 18 de diciembre del 2000. 3º) El causante inició proceso de incapacidad temporal el 6 de marzo de 2000, ingresó en el

Hospital Morales Meseguer de Murcia el 21 de agosto del 2000 aquejado de carcinoma epidormoide pulmonar con síndrome nefrótico y enteropatía paraneoplásicos asociados; falleció a consecuencia de tal dolencia el 8 de septiembre del 2000. 4º) A lo largo de su vida laboral, desde el 28 de octubre de 1971 hasta el 8 de septiembre del 2000, el cuasante ha cotizado al sistema de la Seguridad Social un total de 2627 días. 5º) En los 5 años anteriores a su fallecimiento el causante acredita los siguientes periodos de cotización al Régimen General de la Seguridad Social: en la empresa Francisco Hernández, desde el 15 de enero de 1996 hasta el 14 de febrero del mismo año (31 días); en la misma empresa, desde el 20 de febrero hasta el 19 de julio del año 1996 (151 días); en la empresa Antonio Cutillas Meseguer, desde el 1 de marzo hasta el 8 de septiembre del año 2000 (192 días); todo lo cual da 374 días cotizados, que sumados a 61 días-cuota hace un total cotizado de 435 días. 6º) La base reguladora asciende a 32.193 pesetas mensuales"; y el fallo fue del tenor literal siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por doña Inés contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo absolver y absuelvo al referido organismo demandado de la pretensión deducida en su contra".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia se interpuso...

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