STSJ Cataluña , 21 de Marzo de 2001
Ponente | MARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA |
ECLI | ES:TSJCAT:2001:3881 |
Número de Recurso | 321/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2001 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION PRIMERA Recurso n° 321/99 Partes: CÁMARA OFICIAL DE CONTRATISTAS DE OBRAS DE CATALUÑA C/ AYUNTAMIENTO DE VIC SENTENCIA Nº 252/2001 Iltmos. Sres.
PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª PILAR GALINDO MORELL Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a veintiuno de marzo de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°
321/99, interpuesto por la CÁMARA OFICIAL DE CONTRATISTA DE OBRAS DE CATALUÑA, representada por el Procurador D. Santiago Puig de la Bellacasa y asistido por el Letrado D. Carlos Obeso Riess, contra AYUNTAMIENTO DE VIC, representado por el Procurador D. Joaquín Ruiz Bilbao y asistido por la Letrada Dª. Isabel Miró Gero.
Ha sido Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª MERCEDES CASTILLO SOLSONA , quien expresa el parecer de la SALA.
El Procurador Sr. Puig de la Bellacasa, actuando en nombre y representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo del pleno municipal de 21.12.98, desestimatorio de la reclamación del recurrente y aprobar definitivamente la modificación de las ordenanzas municipales aprobadas inicialmente por acuerdo de 26.10.98.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Por Auto de 27 de octubre de 1999, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos.
Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron, haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que ha tenido lugar el 14 de marzo del año en curso.
En la substanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
Constituye el objeto del presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de CAMARA OFICIAL DE CONTRATISTAS DE OBRAS DE CATALUÑA, el Acuerdo del AYUNTAMIENTO DE VIC de 21 de diciembre de 1998 por el cual se resolvió desestimar la reclamación formulada por la actora contra el acuerdo del pleno municipal del Ayuntamiento demandado, de aprobación inicial de las Ordenanzas Fiscales y reguladoras de los precios públicos que habían de regir en aquel municipio durante el año 1999, y, simultáneamente, contra el epígrafe 5°.c) del art. 7° de la Ordenanza Fiscal núm. 6, reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos, en su redacción definitivamente aprobada por el Pleno municipal en sesión de 21 de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
Tributos municipales. Tasas: hecho imponible
...de negocio 22) Es improcedente la tasa por expedición de documentos girada con motivo de la adjudicación de contratos municipales. STSJ de Cataluña de 21-3-01. P. Sra. Castillo Solsona JT Fundamento Jurídico 4º: del enunciado del hecho imponible de la lasa que se impugna no resulta con clar......